Mujeres, varones, hijas e hijos usuarios de nuestro Sistema de Salud, en el período de embarazo, parto y puerperio, sufren lo que llamamos violencia obstétrica.
Aquí les explicamos un mecanismo sencillo para denunciarla.
La violencia obstétrica es ¨.. toda conducta, acción u omisión, realizada por personal de la salud que de manera directa o indirecta, tanto en el ámbito público como en el privado, afecte el cuerpo y los procesos reproductivos de las mujeres, expresada en un trato deshumanizado, un abuso de medicalización y patologización de los procesos naturales¨. (Medina, 2008)
La "Ley Orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia" en Venezuela, en su artículo 51 establece que:
Se considerarán actos constitutivos de violencia obstétrica los ejecutados por el personal de salud, consistentes en:
1. No atender oportuna y eficazmente las emergencias obstétricas.
2. Obligar a la mujer a parir en posición supina y con las piernas levantadas, existiendo los medios necesarios para la realización del parto vertical.
3. Obstaculizar el apego precoz del niño o niña con su madre, sin causa médica justificada,negándole la posibilidad de cargarlo o cargarla y amamantarlo o amamantarla inmediatamente al nacer.
4. Alterar el proceso natural del parto de bajo riesgo, mediante el uso de técnicas de aceleración, sin obtener el consentimiento voluntario, expreso e informado de la mujer.
5. Practicar el parto por vía de cesárea, existiendo condiciones para el parto natural, sin obtener el consentimiento voluntario, expreso e informado de la mujer.
Violencia obstétrica física y psíquica:
Medina (2008) define a la violencia obstétrica física como la realización hacia las mujeres de prácticas invasivas y suministro de medicación que no estén justificados por el estado de salud de la parturienta o de la persona por nacer, o cuando no se respetan los tiempos ni las posibilidades del parto biológico. Mientras que la violencia obstétrica psíquica incluye el trato deshumanizado,grosero, discriminación, humillación, cuando la mujer va a pedir asesoramiento, o requiere atención, o en el transcurso de una práctica obstétrica. Comprende también la omisión deinformación sobre la evolución de su parto, el estado de su hijo o hija y, en general, a que se le haga partícipe de las diferentes actuaciones de los profesionales. (Medina, 2008)
A quienes necesiten denunciar estos casos, les contamos un mecanismo inicial, para que las Instituciones y el MSP puedan comenzar a hacer visible la Violencia Obstétrica, la puedan hacer real en situaciones vividas por familias reales:
Nos contactamos con Att. al Usuario/a del MSP.
Nos contaron:
Para realizar una denuncia de Violencia Obstétrica, una madre debe escribir una carta A LA INSTITUCION DONDE FUE ATENDIDA, como primer medida (Dirigido a Atención al Usuario de la Institución).
En la carta brinda todos sus datos (nombre completo, número de socia si corresponde, dirección, teléfono de contacto).
Detalla fecha de lo sucedido, hora, nombre y apellido de las personas implicadas (equipo de enfermería, partería, médicos/as).
Explica las circunstancias en las que ella sintió esta violencia hacia sí misma, su hijo/a o acompañante.
Brinda detalles de lo sucedido.
Cuando la mujer presenta la carta de denuncia, lleva una copia, que deberá ser firmada, sellada y fechada por personal de Atención al Usuario de la Institución. El personal no se puede negar a sellar, firmar o poner fecha de entrega de la carta que le queda de copia a la mujer. Es un derecho del usuario quedarse con una copia.
Entonces, esa copia se la queda la mujer.
La Institución tiene 20 días CORRIDOS (incluidos sábado y domingo) para contestar POR ESCRITO la carta de la denunciante.
Si la Institución no contesta en 20 días, la mujer tiene el derecho de presentarse ante el MSP, 18 de Julio 1892, Oficina 09 (Atención al Usuario) para presentar la carta que fue sellada, firmada y fechada por la Institucióin denunciada, junto con una pequeña carta que diga que no ha conseguido respuesta de la Institución o que no ha sido satisfactoria la respuesta.
Podrían solicitar en la Institución fotocopia de la Historia Clínica Completa, que se puede pedir de forma urgente (abonando un plus) o con un plazo de unos 30 días aproximadamente (pagando un timbre) para adjuntar a la carta que presentan ante el MSP.
Teléfonos de MSP: 24096885
En el Ministerio de Salud Pública, la carta-denuncia se entrega en la Oficina 09, Atención al Usuario
Otros teléfonos del MSP:
Oficina de Salud Sexual y Reproductiva: 2402 2424
Teléfonos de MSP: 24096885
En el Ministerio de Salud Pública, la carta-denuncia se entrega en la Oficina 09, Atención al Usuario
Otros teléfonos del MSP:
Oficina de Salud Sexual y Reproductiva: 2402 2424
Recuerden que tenemos leyes, decretos y normas que nos amparan.
Se las dejamos aquí abajo: Úsenlas!
Seguiremos buscando información para ustedes.
Nos vemos!!
María José