Anónimo nos escribió:
Hola buenas tardes, yo estoy
embarazada de 20 semanas y quisiera saber cual es la ley para los empleados
privados. ¿Es igual al de un funcionario publico? Como se rige a la hora de
tener que reintegrarse a trabajar luego de tener al bebe. ¿solo corresponden 45
días y luego el medio horario? ... Desde ya muchas Gracias
Hola, gracias por contactarte con
Naciendo Padres.
Las Leyes, Normas y Decretos que
rigen para empleadas públicas y privadas en Uruguay son distintas.
A continuación verás un resumen
que realiza el MSP en su libro “Norma Nacional de Lactancia Materna” sobre la
licencia por maternidad para empleadas privadas:
“…ANEXO 10
DERECHOS DE LA MUJER Y PROTECCIÓN
DE LA MATERNIDAD
Existen en nuestro derecho normas
que deben ser respetadas para lograr:
un embarazo saludable, un parto
seguro y una lactancia exitosa.
Trabajo fuera del Hogar
Debemos considerar en forma separada
la actividad privada y la actividad pública.
·Actividad Privada:
Licencia por maternidad
La misma será de 12 semanas pudiéndose
otorgar las mismas de la siguiente manera:
- 6 semanas antes y 6 semanas
después del parto
- si el parto es después de la fecha
prevista no serán reducidas las 6 semanas
restantes
- si el parto es antes de la fecha
prevista se pasa lo que queda para el descanso
puerperal
- si se produce enfermedad como
consecuencia del embarazo se podrá tener un
descanso prenatal suplementario. Si
es consecuencia del parto también tendrá
derecho a una prolongación de su
descanso puerperal. La Dirección de las
Asignaciones Familiares define la
duración de los descansos no pudiendo exceder
los 6 meses.
- el padre tiene derecho a licencia
especial que comprende el día del nacimiento y
los 2 días siguientes (Ley 18345).
Subsidio por maternidad
- Durante los periodos de
inactividad sea por enfermedad relacionada al embarazo,
o la licencia de 12 semanas la
beneficiaria recibirá el equivalente en efectivo a su
sueldo o jornal, mas la cuota que
corresponda de salario vacacional y licencia
(art. 15: ley 15.084).
- Si la trabajadora no esta amparada
por la Dirección de los Seguros Sociales por
Enfermedad en caso de enfermedad por
embarazo o advenimiento de parto y se
decida licencia por seis meses como
se mencionó anteriormente, será el BPS a
través de Asignaciones Familiares
quien se haga cargo de esta prestación (Decreto-Ley 15.084)”.
(Material extraído de "Norma
Nacional de Lactancia Materna" del MSP, Dirección General de la Salud /
División Salud de la Población / Programa Nacional de Salud de la Niñez).
Resumiendo, tú vas a tener un
total de 12 semanas de licencia. Muchas veces la mamá decide trabajar hasta una
o dos semanas antes de la FPP, entonces se le pasan las 10 u 11 semanas
restantes para el postparto. Esto lo tenés que arreglar de antemano con la
empresa y te ampara el Decreto Ley 15084.
En cuanto a la Lactancia Materna,
esto es lo que hoy está vigente:
"LACTANCIA: Si la empleada u
obrera amamanta a su hijo está autorizada a interrumpir su trabajo para este
fin, durante dos períodos
de media hora dentro de su jornada diaria y que serán contados como trabajo
efectivo (Decreto del 1.6.1954)"
Como este punto es muy poco
“realizable”, salvo que le lleven a su bebé al lugar de trabajo o viva muy
cerca, se acuerda unificar las dos medias horas en una hora entera y así entrar
una hora más tarde a su trabajo o salir una hora más temprano del mismo.
De todas maneras, cada empresa
puede mejorar estas condiciones: Así, muchas mujeres que trabajan en empleos
privados, gozan de las 12 semanas de licencia maternal (repartida como se haya
acordado) y luego 6 meses más con medio horario de trabajo por lactancia
materna, si es que continúan amamantando a su hijo.
Estas alternativas son dispuestas
por cada empresa, que de alguna manera toma más o menos conciencia de la importancia
de amamantar a un niño, no sólo desde lo nutricional, sino desde la protección
contra enfermedades (y en estos casos la mamá se ausenta menos por enfermedad
del hijo), la prevención contra enfermedades a mediano y largo plazo en la mamá
y el bebé, y por la importancia de la estrechez del vínculo amoroso con su
mamá.
Los nuevos movimientos que
estamos viviendo en Uruguay son:
Las maestras Uruguayas (de
Inicial y Primaria de CEIP) han logrado en los últimos meses que se apruebe la
Licencia total por seis meses (puerperal y lactancia) a partir de la fecha de
parto (Circular 109 del 17 de Noviembre de 2011 / Acta N. 76, Res. 66 del 26 de
Octubre de 2011 del CDC de la ANEP)
Por otro lado, se está manejando
en el Gobierno modificar las normativas referentes a licencia por maternidad y
lactancia materna, para igualar el sector público y privado, y para MEJORARLO
en todo sentido, favoreciendo el vínculo, la lactancia, la crianza y la salud
de todos los bebés uruguayos y sus mamás, así como también la relación que el
papá establece con el bebé los primeros días, ya que piensan aumentar sus días
de licencia. Esperamos que esto se haga efectivo a la brevedad!
Para que puedas informarte
más, aquí te dejamos el Decreto Ley 15.084 completo:
DECRETO-LEY Nº 15.084 LICENCIA
POR MATERNIDAD FUNCIONARIAS PRIVADAS
El Decreto-Ley 15.084 del 28.11.1980
establece en su art. 12 que la trabajadora grávida " ...deberá cesar todo trabajo seis
semanas antes de la fecha presunta del parto y no podrá reiniciarlo sino hasta
seis semanas después del mismo.
No obstante las beneficiaras
autorizadas por la Dirección de las Asignaciones Familiares, podrán variar los períodos de
licencia anteriores manteniendo el total de las doce semanas".
Este beneficio incluye también a las
mujeres cuya relación laboral se suspenda o extinga (salvo que sea por voluntad
de la beneficiaria, Dec. 227/81 reglamentaria del Dec-Ley 15.084) durante el
período de gravidez o de descanso post-parto. También podrán ser beneficiarias
las empleadas desocupadas que queden grávidas durante el período de Seguro de
Desempleo.
La licencia por maternidad puede
ampliarse en los siguientes casos:
1) Art.13 ." Cuando
el parto sobrevenga después de la fecha presunta, el descanso tomado
anteriormente será siempre prolongado hasta la fecha verdadera del parto y la
duración del descanso puerperal obligatorio no será reducida."
2) Art.14-" En caso de
enfermedad que sea consecuencia del embarazo, se podrá prever un descanso
prenatal suplementario. Cuando sea consecuencia del parto, la beneficiaria
tendrá derecho a una prolongación del descanso puerperal"
En ambos casos la duración de los
descansos será fijada por Asignaciones Familiares y no podrá exceder los seis
meses.
SALARIO DURANTE LA LICENCIA
POR MATERNIDAD
El art. 15 del Dec-Ley 15.084
establece que la beneficiaria percibirá el equivalente en efectivo a su sueldo
o jornal más la cuota parte correspondiente al sueldo anual complementario,
licencia y salario vacacional que corresponda por el período de amparo.
"Para la determinación del
subsidio se tomará como base la retribución resultante del tiempo trabajado y
remuneraciones percibidas en los últimos seis meses, no pudiendo ser inferior
al salario mínimo nacional"
DESPIDO DE LA TRABAJADORA
GRÁVIDA
El art. 16 y 17 de la Ley 11.577
estableció que el empleo de la trabajadora que ha dado a luz deberá ser
conservado si retornare en condiciones normales, si es despedida luego de su
retorno o durante el embarazo el empleador deberá abonar el equivalente a seis
meses de sueldo más la indemnización legal que corresponda.
Para que haya lugar a esta
indemnización especial la jurisprudencia ha entendido que el patrón debe estar
en conocimiento del estado de embarazo de la trabajadora, por eso es
conveniente que una vez que conozca el embarazo lo comunique a la empresa. El
patrón a su vez no podrá alegar desconocimiento cuando este embarazo ya es
inocultable.
Esta norma otorga un beneficio de
estabilidad relativa a favor de la trabajadora que ha dado a luz ya que impone
una responsabilidad objetiva al imponer al empleador el reintegro de la misma,
pero lo que no dice la norma es por cuanto tiempo debe hacerlo.
Es por ello que la jurisprudencia ha
entendido que por vía analógica se podría aplicar el Dec-Ley 14.407 que prevé
un plazo de conservación de 30 días (para aquel trabajador dado de alta por
DISSE). Pero atendiendo a la mayor protección de los bienes jurídicos que se
pretenden tutelar hay Tribunales de Apelaciones del Trabajo que
entienden mas ajustada la elección del art. 69 de la Ley 16.074
que establece un plazo de ciento ochenta días a partir del reintegro (Ley de
Accidentes de Trabajo).
De todos modos se tendrá en cuenta
si efectivamente ha habido en el empleador un ánimo de conservar el empleo. Es
así que el Tribunal de Apelaciones del Trabajo de 2º Turno en Sentencia
publicada en La Justicia Uruguaya Nº 12.209 se pronunció
distinguiendo el reintegro con el ánimo de conservación del empleo
"....cierto que ello no se puede interpretar como consagrando un derecho a
la inamovilidad. Pero la no conservación del empleo en un término tan breve
lleva por lo menos a la obligación del patrono de explicitar las causas del
despido, pues de lo contrario, es inevitable vincular una cosa con otra
..."
TRABAJADORA GRÁVIDA DESPEDIDA QUE NO
TIENE DERECHO A DESPIDO COMÚN
Puede pasar que la trabajadora no
tenga derecho al despido común por no haber alcanzado la cantidad de jornales
indispensables, o por no tener un año de antigüedad como en el caso del
servicio doméstico, se ha entendido que corresponde igual la indemnización
especial en virtud de la responsabilidad objetiva que establece la
Ley 11.577 ya que no se requiere que el despido se haya efectuado a causa
de la gravidez sino en ocasión del embarazo. Es una indemnización especial absolutamente
independiente a la indemnización por despido común establecida en otras normas.
Se ha entendido que la notoria mala
conducta sí hace perder el derecho a esta indemnización.
Nuestra doctrina y jurisprudencia se
ha pronunciado también sobre la procedencia de la indemnización especial aún en
aquellos casos en que no corresponda la indemnización común por haberse
producido este despido durante la vigencia de un contrato a prueba o en caso de
cierre o clausura de la empresa.
El Tribunal de Apelaciones del Trabajo
de 3er. Turno en sentencia Nº 30 del 16 de junio de 1997, publicada en la
Revista de Derecho Laboral No.193 de enero-marzo1999, revoca la sentencia
de primera instancia, basándose en los siguientes argumentos:
"Es de tenerse presente que las
partes contractualmente previeron que durante la vigencia del vínculo, la
actora se vería asistida de los mismos derechos y obligaciones que tiene todo
trabajador de la empresa demandada, sea cual fuere el origen de tales derechos
y obligaciones (Constitución, leyes, decretos, reglamentos, etc.). En
principio, entonces no tiene por qué dejarse de contemplar la incidencia que
pueda tener en el contrato a prueba las hipótesis propias de suspensión del
mismo, es al decir de De Ferrari que – cuando los impedimentos que obstan al
cumplimiento del contrato son de corta duración, se entiende que sufre
simplemente un accidente en el curso de su ejecución y que, desaparecida la
causa de la interrupción, el contrato debe seguir cumpliéndose...."
"......En el marco del contrato
de prueba resultan aplicables los conceptos legales precedentemente
exteriorizados toda vez que ninguna norma excluye su procedencia, pareciendo
adecuado otorgar prioridad al régimen especial derivado de la maternidad, aún
por encima de las estipulaciones de las partes contratantes. No debemos olvidar
que en gran medida el carácter de orden público impregna la normativa laboral y
en el caso concreto, involucra principios constitucionales particularmente
atinentes a la salud y a la mujer (art.7,36,44,53,54,55,72 y 332). Entender que
se impone la voluntad de las partes priorizando el plazo contractual pactado
frente al régimen especial de la Ley 11.577 acarrea el inconveniente
de que la indemnización especial por maternidad se aplicaría únicamente en los
contratos por tiempo indeterminado excluyéndose infundadamente a los contratos
de prueba, donde el legislador no distingue, no cabe al intérprete
hacerlo"
LACTANCIA
Si la empleada u obrera amamanta a
su hijo está autorizada a interrumpir su trabajo para este fin, durante dos
períodos de media hora dentro de su jornada diaria y que serán contados como
trabajo efectivo (Decreto del 1.6.1954)
El INAU (exINAME) fijará la duración
del período de amamantamiento. Como en la práctica, a no ser que la trabajadora
viva muy cerca de su lugar de trabajo, o que le lleven al bebé es casi
imposible que pueda amamantar a su hijo en media hora, es por ello que se
acuerda con la empresa unir las dos medias horas y entrar una hora más tarde o
salir una hora antes.
Muchas gracias por la información! En mi caso estoy certificada y sin poder trabajar por problemas con el embarazo, y por la información que publicaron me entero que igual me corresponden las 12 semanas luego del parto para estar con mi bebe. Esta muy buena la pagina y el que podamos sacarnos las dudas de la mala información que nos dan en nuestros empleos... gracias, saludos
ResponderEliminarHola nuevamente! Lo que tú decís de trabajar hasta 15 días antes de la Fecha Probable de Parto (FPP) en vez de 42 días antes (6 semanas), es para casos en los que no tenés licencia médica anterior al parto.
ResponderEliminarEl BPS considera que una certificación médica durante el embarazo ya implica alguna "complicación", por lo tanto cuando vas a hacer el trámite ante BPS entre la semana 28 a 32 y ven que estás con certificación médica derivada del embarazo, automáticamente no te habilitan a correr semanas de preparto hacia el postparto. Vas a arrancar la Licencia por Maternidad 42 días antes de la fecha probable de parto (6 semanas) y luego del parto tendrás 42 días más de licencia. Esto lo aclara el Decreto Ley 15.084 en el primer y segundo párrafo que figura arriba (te lo transcribo: El Decreto-Ley 15.084 del 28.11.1980 establece en su art. 12 que la trabajadora grávida " ...deberá cesar todo trabajo seis semanas antes de la fecha presunta del parto y no podrá reiniciarlo sino hasta seis semanas después del mismo.
No obstante las beneficiaras autorizadas por la Dirección de las Asignaciones Familiares, podrán variar los períodos de licencia anteriores manteniendo el total de las doce semanas".) En tu caso, se anula porque no te van a autorizar debido a esa licencia médica que estás cursando.
Por eso creo que es importante que la nueva ley de maternidad se haga efectiva rápidamente. Para que casos como los tuyos no queden con tan poca licencia luego del nacimiento.
En el siguiente párrafo que te mando, el BPS deja claro la imposibilidad de correr la licencia preparto para postparto cuando hay licencia por enfermedad en el embarazo:
“Si quiere postergar el inicio de la licencia maternal, deberá presentar (antes de los 42 días de pre parto o inicio de la licencia por maternidad), certificado médico con timbre profesional y número de registro de Caja Profesional, nombre y apellido completo y Nº de documento de identidad, en el cual indique hasta qué fecha se le autoriza a trabajar (el organismo autoriza la postergación hasta 15 días antes de la fecha probable de parto), siempre que no haya tenido dentro del periodo de embarazo licencias médicas por patologías inherentes al embarazo”. http://www.bps.gub.uy/Madres/DO/SubsidiosMaternidad.aspx?menu=madres
Lamento el malentendido, a veces las normas y leyes tienen estas cosas que hacen que no se entiendan claramente. Pero ahora que me especificás que tenés esta condición, te puedo dejar puntualmente los datos que necesitás saber para manejarte mejor.
Te recomiendo que llames al 24000151 del BPS que te van a informar muy bien.
Saludos!!
Gracias, por tu información y las ganas de informar... Deberian existir mas sitios y gente como ustedes para sacarnos las dudas de leyes que uno no entiende. Que mal que haya tanta diferencia entre ser empleado publico y privado. En este tema creo que tendría que ser parejo para todas las madres y estaría bueno se apruebe esa ley cuanto antes!
EliminarSaludos y muchas gracias por su tiempo!
Buenas! Yo se q es un post viejo pero vale la pena aclarar. Yo estuve desde el sexto mes de embarazo con licencia médica por complicaciones en el embarazo, y sin embargo, y sin embargo mi ginecologa me hizo salir 15 días antes de la FPP, y el bps no me hizo ningún drama. O sea que la licencia maternal me contó desde 15 días antes de mi fecha probable de parto, pero yo ya estaba desde hacía tirmpo sin trabajar por licencia médica y así pude estar más tiempo luego con mi bebe
EliminarQué bueno saber que hay profesionales que cuidan y protegen el vínculo mamábebé por más tiempo!! Feliz semana mundial de la lactancia materna!!!!
EliminarBuenas tardes, estoy embarazada de 6 meses y bueno estoy tratando de informarme sobre lo que me corresponde de licencia post parto y por amamantar a mi bebé. La verdad sigo sin entender, como es posible que hay toda una campaña de lactancia exclusiva hasta los 6 meses de vida del bebé y luego amamantarlo hasta los 2 años, si es imposible poder amamantarlo ya que en mi caso trabajo 8 hrs y 45 minutos, tengo 15 minutos de ida y vuelta a mi casa. Según la ley puedo salir x dos periodos a amamantarlo de media hora, en mi caso imposible, no me da el horario; supongamos me llevan al bebé, donde lo amamanto?? en la oficina???, no hay un lugar decente, tranquilo y privado en mi empresa para amamantar; segundo, en media hora un bebé de 2 meses, no se alimenta.....La otra opción es reducir la jornada laboral una hora, o sea trabajaría 7hrs 45 minutos, y tendría que dejarle 2 tomas de leche materna a mi bebé para que le den, lo cual implica tener una persona que cumpla con las medidas que se necesitan para que lo alimente bien, cumpla las exigencias de asepsia, etc, etc y sumado a ello, tendría que poder ordeñarme en el trabajo también, y contar con un espacio para hacerlo, un freezer para guardar la leche, etc,etc xq si no lo hago puedo llegar a hacer una mastitis (pasar 7hrs 45 + 30 minutos que me lleva llegar a mi casa) o directamente al mes seguramente ya tenga que darle complemento a mi bebe xq no voy a tener leche materna suficiente para darle. Disculpen, pero creo que las leyes que tenemos no ayudan, y las campañas de lactancia son para las mujeres que no trabajan,
EliminarRealmente estoy....no se como definirlo, angustiada, molesta con el sistema, no sé.....Considero muy importante amamantar a mi hijo, pero también necesito trabajar, o sea, no puedo renunciar al trabajo para darle lo que mi hijo tiene derecho.....Realmente, hay contradicciones en el sistema..
EliminarHola buenas tarde soy madre primeriza y mi embarazo es de riesgo aparte de eso tengo tirise y diabetis grado 2 en octubre del año pasado estube 1 semana de reposo xq tenia dolores el 28 de diciembre de nuevo estube con dolores y el 14 de este mes de nuevo reposo y hasta el 8 de febrero no veo a miedico mi pregunta es si mi medico me llega a certificar me paga el bps o mis patrones y mi licencia maternal cunado tengo q salir??y en caja recien en noviembre me pusieron pero yo hace 7 años q estoy laburando de niñera gracias
EliminarPerdon pude tirise es tiroide
EliminarHola, felicitaciones por el blog, la verdad es que está todo muy claro, soy docente de secundaria(hombre) y veo, por mi colegas mujeres, que los funcionarios públicos o quizá los docentes tiene MUCHOS MÁS beneficios que los trabajadores del área privada como es el caso de mi esposa. Yo tengo colegas que han estado 2 años sin trabajar en sus embarazos, realmente no exagero, y cobrando el 100% del sueldo. La diferencia creo que "rompe los ojos" nuestro bebé llega a un mes y mi esposa tendria que retomar el trabajo y la verdad no sabemos que vamos a hacer, quizá deba dejar el trabajo en esta etapa (lo de las dos medias horas es un chiste..). Bueno, era para comentar eso. Gracias nuevamente y saludos
ResponderEliminarP.D. tendria que conseguir licencia medica para seguir un tiempo mas sin trabjar?
Hola Alvaro! Gracias por tus comentarios del blog!
EliminarQuiero decirte que te doy toda la razón: las diferencias entre unas mujeres y otras, dependiendo de dónde trabajen, es abismal. No solamente las docentes gozan de esos beneficios de medio año de medio horario. Algunas empresas privadas han agregado estos beneficios aunque no está reglamentado aún. Estos lugares son por ejemplo el Banco Citi y Roemmers, entre algunos pocos más. El proyecto de Ley que equipara finalmente las empleadas públicas y privadas en el embarazo y lactancia, parece que tiene pocas ganas de salir a la luz.
Yo creo que es MUY importante que la mamá esté en los primeros meses de vida del bebé, lo más en contacto posible. Lactancia a demanda, piel a piel, vínculo casi que permanente con el bebé, ya que entiendo que al momento de nacer y por varios meses, el bebé depende 100% de ella, hace una especie de "cuarto trimestre de embarazo extrauterino". Suena raro, pero es para figurar la dependencia biológica, psicológica y vincular que establecen ambos. Pero claro, las mujeres hoy trabajan y muchas horas. Entonces hay que pensar muy bien si pueden pedir licencia sin goce de sueldo. Si pueden estar sin ese sueldo. Si la empresa luego la toma bajo las mismas condiciones... Son decisiones que hay que tomar en familia, equilibrando el bienestar del bebé y la mamá, los resultados en el bebé a largo plazo si se continúa la Lactancia Materna Exclusiva, todo lo que refiere a la formación de su psiquis, su forma primaria de vincularse, etc etc... con el trabajo de mamá y si necesita la familia d ese sueldo, el estrés que puede representar dejarlo con un extraño a la familia...
Tu posdata es muy graciosa, pero muy real para muchas mujeres...
Mucha suerte en la decisión que tomen. Luego escribinos para contarnos qué hicieron.
Abrazos! María José
Hola Alvaro, la verdad es lamentable pero debido a que el estado no ampara a las mamas con un periodo mas extenso de licencia para poder darle lo necesario e imprescindible al bebe recien nacido, no veo para nada mal tener la posibilidad d poder conseguir licencia médica, conozco muchas personas q asi lo hacen y lo han hecho, uno lamentablemente debe pensar en su niño y ya q el estado ni las empresas privadas no se "apiadan" hay q recurrir y con gusto a la licencia medica!! Que tu señora lo haga sin sentir culpa! Esa es mi opinion! Saludos
EliminarHola y con que motivo me podría certificar para no empezar a trabajar? Me sucede como a alvaro, quien me podria certificar, médico general o ginecólogo mio
EliminarGracias!!
Si es necesario, porque sentís que la lactancia puede ser interferida por un medio horario laboral, podrías tener una reunión con el neonatólogo y solicitar una extención de la licencia, para mantener la lactancia y a tu bebé en las mejores condiciones. No siempre se da, pero en algunos casos sucede que recertifican. Mucha suerte!
Eliminarhola quisiera pregutarles como tengo que hacer, soy mamá primerisa, estoy de 11 semanas, pero x enfermedad tengo que dejar de trabajar. ya que mi trabajo es de fuerza y e estado con dolores. me dijeron que tengo que sertificarme, pero no se los otros pasos a seguir. serian tan amables de ayudarme? gracias
ResponderEliminarhola| sería bueno que llames al BPS para que te informen claramente.
ResponderEliminarMONTEVIDEO
Oficinas centrales: Mercedes 1950. Retirar número en puestos de Asesoramiento y Reserva de Números en el horario de 09:15 a 16:00 hs o solicitar día y hora por el Tel. 1997 de Lunes a Viernes de 08:00 a 20:00 hs.
De todas formas si podés y querés sequir trabajando, podés pedir un cambio de puesto donde no tengas que hacer esfuerzos.
Un abrazo y suerte!!
María José
Hola, gracias por este espacio. Espero que podamos cuidarlo como se merece.
ResponderEliminarTe consulto por lo siguiente. No tengo claro y no he tenido respuesta a mi pregunta de como podemos hacer las docentes para hacer efectivo el derecho a las medias horas de amamantamiento, sobre todo en la enseñanza privada, ya que los horarios son variables y no trabajo todos los días en el mismo colegio. Se necesita una carga horaria mínima? Mi interés es poder disponer del tiempo necesario para extraerme la leche, sin por ello tener que renunciar a horas de clase con la consiguiente pérdida de ingresos.
Muchas gracias por su tiempo
Saludos
Hola! Primero que nada, feliz año!
EliminarVos tenés media hora más media hora por día. Las tomás cuando querés. No importa la cantidad de horas. En el caso del multiempleo, tendrías que arreglar en el lugar donde te encontrás cuando necesitás extraerte (cuando vos necesitás, cuando te empieza a salir la leche), que te den un espacio y tiempo para sacarte la leche. Tranquila y sin presiones. Esa es la ley actual.
Deberían darte la posibilidad de sacarte la leche cuando vos necesitás y no cuando justo quede un hueco...Esa es la realidad. Pero no siempre funciona así, por lo que te recomiendo:
te invito a contactarte con la secretaría de ANEP, preguntar exactamente en referencia a tu lactancia y la necesidad de tu bebé de tomar de tu leche, y saber si hay alguna forma especial de certificarte por un tiempo, sin tener que renunciar a tu puesto o tu sueldo, o bajar las horas, o que se cumpla a rajatabla tus dos medias horas. No cuentan las del traslado en ómnibus para irte a otro colegio.
Siempre hay un adscripto que se puede quedar un rato con el grupo. Pasa por un tema de compañerismo también. Porque es tu derecho por ley.
De todas maneras, no dejaría de averiguar, tal vez hagan excepciones, con el fin de igualar las docentes públicas a las privadas. Es cuestión de pelearla, en el buen sentido.
Estamos haciendo todo lo posible para que la nueva ley, que nos equipara para mejorar esta situación, salga el año que viene. Haremos marchas que vamos a difundir por acá y en nuestro facebook, así que estate alerta. Es importante que todas y todos los involucrados en la lactancia sepan de la importancia de la misma, para la salud del bebé, de la mamá y de la sociedad, entre otras cosas...y nos acompañen. Entre todos hacemos fuerza.
Espero haberte dado una pequeña mano, por lo menos, y no haberte mareado más!
Que tengas unas estupendas vacaciones, relajadas y con tu bebé!
Un fuerte abrazo! y estamos en contacto
María José
Muchísimas gracias María José, lo mejor para vos en este 2013.
EliminarValoro mucho lo que están haciendo.
Saludos
Genial el blog.
ResponderEliminarMe han aclarado la mayoría de las dudas que tenia, me queda solo una. Por cuanto tiempo nos corresponde las 2x media hora para extraer leche?
Desde ya muchas gracias.
Slds.
Laura
Hola laura! Soy majo de naciendo padres y te contesto desde mi celular. Gracias por tus buenas ondas!!
ResponderEliminarCon respecto a tu pregunta tendríamos que ver que las normativas no aclaran la duración del periodo de lactancia por media hora mas media hora. Pero se establecería de palabra 6 meses, como lo hacen michas empresas privadas u publicas.
hola! necesitaría saber en relación a la licencia por lactancia en el sector privado, sila jornada laboral (que plantea la ley) es de 8 horas o 4?
ResponderEliminaren mi caso trabajo 4 horas, me toca media hora para amamantar o una? muchas gracias
Hola como estas? La ley plantea que cada mujer que amamanta tiene media hora mas media hora. Por lo general se suman y entran una hora mas tarde o salen una hora antes.
EliminarDuraría 6 meses. El tema es que la ley no es clara en este sentido
Arriba tenes la ley para leerla y si tenes algún problema en el trabajo, llevarla.
Esperemos que este año salga la nueva ley que equipara empleadas privadas a las publicas. Un beso!
Me olvidé de comentarte que la ley no aclara las horas de trabajo de la mujer. Por lo que te correspondería igual que una mujer que trabaja 8 horas. La empresa puede no gustarle. Podes llegar a un acuerdo con ellos, leyendo antes la ley, que la encontrás arriba
EliminarGracias por estar en naciendo padres!
Buen día, la verdad que quiero felicitarte por el blog, es muy útil e interesante. Quisiera hacerte una consulta ya que me quedó una duda, si yo salgo de licencia 6 semanas antes de la FPP y resulta que el parto se atrasa, o sea que sucede luego de esta fecha probable, las semanas de licencia luego del parto se extienden hasta completar las 6 luego del parto o tendría una semana menos de licencia luego del parto?
ResponderEliminarMuchas gracias Natalia por tu aliento!!
EliminarEstás en lo cierto!
Mirá la ley que te protege hoy en día, lo que dice:
El Decreto-Ley 15.084 del 28.11.1980 establece en su art. 12 que la trabajadora grávida " ...deberá cesar todo trabajo seis semanas antes de la fecha presunta del parto y no podrá reiniciarlo sino hasta seis semanas después del mismo.
No obstante las beneficiaras autorizadas por la Dirección de las Asignaciones Familiares, podrán variar los períodos de licencia anteriores manteniendo el total de las doce semanas".
(...)
La licencia por maternidad puede ampliarse en los siguientes casos:
1) Art.13 ." Cuando el parto sobrevenga después de la fecha presunta, el descanso tomado anteriormente será siempre prolongado hasta la fecha verdadera del parto y la duración del descanso puerperal obligatorio no será reducida."
2) Art.14-" En caso de enfermedad que sea consecuencia del embarazo, se podrá prever un descanso prenatal suplementario. Cuando sea consecuencia del parto, la beneficiaria tendrá derecho a una prolongación del descanso puerperal"
En ambos casos la duración de los descansos será fijada por Asignaciones Familiares y no podrá exceder los seis meses.
Es decir que si tu bebé nace luego de la FPP, que en verdad es una fecha relativa, estandarizada, tus 6 semanas posteriores deberán ser respetadas.
Gracias por estar conectada con Naciendo Padres.
Muchos besos y nos vemos! Ya te preparaste para el parto?
Este comentario ha sido eliminado por el autor.
ResponderEliminarhola buen dia!!te hago una consulta si yo salgo el 23 de marzo de licencia como me lo dispuso el bps cuando cobro el subsidio por maternidad??antes de nacer la bebe o luego???muchas gracias por aclarar de forma tan personalizada las dudas!saludos
ResponderEliminarHola! hablé con el BPS recién, ya que es una pregunta que no tenía clara la respuesta.
EliminarMe dicen que todo depende de si tú comenzás la licencia el 23 de marzo, suponiendo que el 23 son 42 días antes de la fecha probable de parto. Como luego del 23 tenés que presentar el formulario en BPS de que iniciaste la licencia, justo cae turismo, así que lo presentarías recién el 1ro. de Abril. Entonces, sería lógico que lo estés cobrando en Abril, pero puede pasarse el pago a Mayo. Todo va a depender de cuándo comiences la licencia y cuándo te presentes en BPS.
Yo te recomiendo que llames de todas formas al 1997 y te informes bien. Porque cada caso es particular.
La cuestión es que si presentás la documentación rápidamente una vez iniciada la licencia por maternidad, puede ser que comiences a cobrar antes que nazca tu hijita.
Felicidades entonces por el embarazo, y si necesitás clases de preparto, informate de los cursos que iniciamos en Febrero en www.facebook.com/naciendopadres
Besos
María José
muchas gracias Maria!!!!es impresionante como simplificas las respuestas q a veces inclñuso dentro del bps no saben explicarte de la mejor forma!!!saludos!!!y sigan haciendo este blog!!!
Eliminarbesos
Hola quería hacerles una consulta. Mi bebé tiene 6 meses y toma pecho. Este mes empecé a trabajar por una consultora privada para el estado. Trabajo 4 horas y no se si me corresponde trabajar menos. (se que no me correspondería medio horario pero no se si no me corresponde una hora menos) Me podrían ayudar a saberlo? Muchas gracias
ResponderEliminarHola Noe! Gracias por andar por acá!
ResponderEliminarY perdón la demora en la respuesta, estos carnavales nos tenían desconectadas!
Lo que yo interpreto de la Ley es que vos tenés media hora más media hora. No encontré ningún lugar que diga que como trabajás pocas horas, entonces no tenés ese derecho. La ley es válida para todas las trabajadoras privadas. Ahora, si lo que tenés es un CONTRATO con la empresa, eso es distinto, porque sos una unipersonal trabajando para otra empresa, y entiendo que ahí (por ahora) no corre ese beneficio.
Te transcribo la parte de la ley que habla de las dos medias horas:
DECRETO-LEY Nº 15.084 LICENCIA POR MATERNIDAD FUNCIONARIAS PRIVADAS
LACTANCIA
Si la empleada u obrera amamanta a su hijo está autorizada a interrumpir su trabajo para este fin, durante dos períodos de media hora dentro de su jornada diaria y que serán contados como trabajo efectivo (Decreto del 1.6.1954)
El INAU (exINAME) fijará la duración del período de amamantamiento. Como en la práctica, a no ser que la trabajadora viva muy cerca de su lugar de trabajo, o que le lleven al bebé es casi imposible que pueda amamantar a su hijo en media hora, es por ello que se acuerda con la empresa unir las dos medias horas y entrar una hora más tarde o salir una hora antes.
Espero que te sirva la info. De todas formas, con esto podés tener una charla con la empresa, siempre con la finalidad de poder mantener la lactancia.
Igualmente, tu bebé ahora arrancaría a comer sus papillas, por lo que tal vez puedas usar el rato que no está para que comience a incorporar otros alimentos, de acuerdo con las Buenas Prácticas de Atención del bebé y el/la niño/a pequeño/a.
Siempre recordá que la leche materna nunca es sustituida por alimento. Es complementada. Es decir, agregamos comiditas, pero la teta sigue siendo el mejor alimento.
Besos
Majo
hola buenos dias!!!!primero q nada felicitarlos por el blog!!!!les hago una consulta en q se basan para el subsidio maternal en el sueldo nominal o lo q agarro en mano!?pregunto porque por ejemplo yo tengo un descuento de anda q me viene en el sueldo se q se basan en un promedio de los ultimos 6 meses pero no se en q?espero su pronta respuesta!!saludos y sigan asi!!!
ResponderEliminarHola! Gracias por contactarte y estar por acá!!
EliminarTu consulta es un poco particular:
Te paso la ley en el punto que habla sobre eso y luego comento:
SALARIO DURANTE LA LICENCIA POR MATERNIDAD
El art. 15 del Dec-Ley 15.084 establece que la beneficiaria percibirá el equivalente en efectivo a su sueldo o jornal más la cuota parte correspondiente al sueldo anual complementario, licencia y salario vacacional que corresponda por el período de amparo.
"Para la determinación del subsidio se tomará como base la retribución resultante del tiempo trabajado y remuneraciones percibidas en los últimos seis meses, no pudiendo ser inferior al salario mínimo nacional"
Queda claro que siendo un pago que realiza el BPS, y que vas a cobrar a través de éste probablemente en un ABITAB o REDPAGOS, vas a percibir este dinero de lo que la empresa donde trabajás declaró como sueldo nominal. No por lo que te dan en mano cuando cobrás.
Pero para que no te queden dudas, podés llamar a BPS y con tu cédula y contando lo del descuento de ANDA, lo verifican.
Eso es algo que se ve en los registros de BPS, yo no se sin tener tu cédula y tu historia laboral, si el descuento de ANDA se hace en el recibo de sueldo que se presenta a BPS o si la empresa lo absorbe y te lo descuenta luego.
Este es el tel: 2400 01 51
Espero que te haya ayudado. Si por esas cosas te dicen otra info en BPS, informanos cómo es cuando tenés descuento de ANDA.
Saludos!!
María José
hola soy Ana trabajo sector salud privada quisiera Saber cuanto tiempo licencia tengo por lactancia nos. Entramos con todo el horario a trabajar en vez del medio horario con unos meses de licencia pero no se cuántos son por convenio. Mi parto fue20diciembre tendría la maternal y luego la lactancia y me dicen q entro el 12abril será correcto
ResponderEliminarHola Ana, gracias por estar en contacto con nosotros!!
EliminarEn primer lugar, la Ley de empleadas del sector privado te ampara en dos medias horas durante tu jornada laboral (no en medio horario como las empleadas públicas) en lo que refiere a LACTANCIA cuando te reintegres. Lo que se hace habitualmente es que las mamás juntan las dos medias horas y bien entran una hora más tarde, o salen una hora más temprano.
Esto es por Ley y se estipula (porque la ley no lo aclara) que es por 6 meses.
Si tu lugar de trabajo tiene algún convenio en particular, lo tenés que hablar allí directamente.
De lo contrario, con tu número de cédula te podés contactar al BPS (2400 01 51) que es donde mejor te van a informar sobre el reintegro y el tiempo de dos medias horas.
Pero te repito, que si hay algún convenio que te permite más licencia maternal pero no te permite dos medias horas por lactancia, deberías hablarlo en tu trabajo.
Por lo menos si no funciona así, deberían dejarte extraer leche en una sala de extracción por lo menos dos o tres veces en el horario, para mantener la producción y no dejar a tu bebé sin tu leche, tan importante para él y para vos.
Si es un centro de salud, esto deberían hacerlo por política del lugar de trabajo. Porque saben de los beneficios indiscutibles.
Te dejo un link para que me escuches en una entrevista en la radio sobre lactancia, el año pasado: ------ http://www.naciendopadres.com/Radio_Sarandi_baja.mp3 -------
Y una nota que le realicé a la Dra. Mara Castro, Coordinadora Nacional de Lactancia Materna y Bancos de Leche en Uruguay, también el año pasado:
---- http://www.youtube.com/watch?v=RIFSqkT7DSk&feature=player_detailpage ----
Copiá y pegá los links en el navegador de internet.
Gracias por tu pregunta
Besos
María José
Hola, quiero plantearles la siguiente inquietud.
ResponderEliminarSoy docente municipal, tuve 6 meses de licencia por maternidad y lactancia, el tema es que presente fuera de fecha las constancia de los ultimos 4 meses y ahora me descuentan $34000 por haberlos presentado fuera de fecha ¿es correcto este descuento?Mi sueldo
nominal es de $19000 ¿alguien puede contestarme?
gracias
Hola! La verdad que no se qué contestarte. No se si es el procedimiento habitual. Yo te recomiendo que hables con el BPS (2400 01 51) o directamente llames al Ministerio de Trabajo, si en el organismo donde trabajás no saben aclararte cada punto de tu duda. Es un tema de documentos internos de cada organismo, y tiene que ver con retención de dinero. Yo si fuera tú preguntaría hasta que el asunto quede aclarado. En estas cosas no está bueno cruzarse de brazos sin tener respuestas cabales de los empleadores. Seguro que tú tenés un gremio que puede ayudarte a buscar respuestas.
ResponderEliminarBesos y espero que tengas suerte con tu búsqueda.
hola me gusto mucho el blog me parece muy informativo!!te queria hacer una consulta respecto al horario maternal en el sector privado, por lo que tengo entendido la normativa dice de salir o entrar una hora mas tarde, pero a veces las empresas tienen otro tipo de contemplación con las empleadas y ese horario es mayor, entonces mi consulta es esta : yo puedo tratar de hacer un convenio con mi empresa para poder modificar esa normativa y en vez de salir una hora antes, por ejemplo cumplir 6 horas de trabajo como horario maternal?
ResponderEliminarHola! Gracias por tu buena onda!
EliminarSupongamos que trabajás 8 horas diarias, ya que quisieras bajarlas a 6.
Estas cosas son políticas de cada empresa, me refiero a que cuando quieren ceñirse a la ley, tenés sólo media hora más media hora por día. Algunos lo juntan en una hora a la entrada, o una hora a la salida. Otras empresas tienen políticas de bien social, como por ejemplo tener la misma política de las empresas públicas que dan medio horario por 6 meses a las nuevas mamás.
Lo que vos propondrías sería algo diferente para la empresa donde trabajás y corrés el riesgo que te digan que no.
Para tener más chances, podés llevarles un certificado de la o el pediatra, diciendo que tu bebé necesita más tiempo con la madre para continuar la lactancia materna, por un tema de salud y cuidados del recién nacido. Se me ocurre. Esto te daría más herramientas. Qué te parece? Ya que lo que proponés no es lo habitual.
Recordá que está como anteproyecto de ley la modificación de empleadas privadas con respecto a la licencia de maternidad y lactancia, alargándola como las públicas. No creo que nuevamente este año salga, y por eso, queremos realizar una movida de mamás y papás con sus bebés (y si no los tienen también) para pedir que saquen del cajón esa ley. Las mamás y los bebés lo necesitan. Te sumarías?
Andá contándole a tu gente. Amigas, familia, todos necesitamos estar. Se haría un sábado en un lugar público, para que tenga visibilidad en los medios, y llegue a la gente del parlamento. Mamás amamantando, para demostrar que es MUY importante por la salud presente y futura de ambos.
Besos! spero haberte servido de algo.
Majo
si yo me sumo avisen cuando, es una pena porque el estado promueve que le den pecho a sus hijos el mayor tiempo posible, y por otra parte para el sector privado el horario maternal es salir una hora antes, tendrian que pensar mas en eso pero se ve que a ningun legislador le interesa mucho, promueven algo que no se puede cumplir, y todos los años lo mismo!!!voy a intentar pormedio del sindicatode mi empresa haber si pueden lograr una reduccion del horario maternal, yo trabajo 9hs, pero tengo compañeras que el horario de ellas son de 12 porque son rotativos y su horario maternal es de 11hs!!! Bueno muchas gracias por la respuesta y avisen cuando se hace la marcha!!!
EliminarHola! Avisamos por acá y por el facebook de Naciendo Padres
EliminarBesos
hola estoy de 26 semanas y recien comenze a trabajar en una empresa privada mi idea es trabajar hasta la penultima semana pero por lo que vi el pago de la licencia por maternidad se hace de acuerdo a los 6 meses ultimos trabajados yo no voy a llegar a mas de 3 como se toma el pago ya que si sumo mi sueldo de esos 3 meses y lo divido por 6 me da un sueldo aproximadamente de 5000 eso seria lo que cobraria por mes o se toma el sueldo minimo por mes no me queda claro
ResponderEliminarHola Lorena! Va a ser así:
EliminarVas a tener 3 meses donde se va a tomar el 100% de tu sueldo
Los otros tres, donde no tenías trabajo, se contabiliza 1 BPC (Base de Prestaciones y Contribuciones) por mes. Es decir, 3 BPC.
Te paso el precio del BPC para 2013: $2598
El precio del BPC para el 2012: $2417
Esos tres BPC (el importe va a depender de si los tres meses antes fueron 2012, 2013, vos verás) se suman a los tres meses de trabajo, con el 100% del sueldo.
Eso se divide entre 6
Y ese va a ser tu subsidio por embarazo.
Siempre es bueno que consultes de todas formas al BPS: tel. 1997
te mando un besote.
Majo
Si necesitás cursos de preparto, te esperamos en Naciendo Padres.
gracias por tu respuesta de la licencia lo que me quedo por saber si ese monto que sale de dividir los meses trabajados por 6 el sueldo que da es el que te pagan multiplicado por los 3 meses de licencia maternal o sólo te pagan un mes ya que el pago lo hacen de una sola vez
EliminarLorena, el sueldo de seis meses (o como ya lo vimos) lo hacen en promedio y lo dividen entre 6 y eso es lo que te pagan por mes de licencia. La forma en que te lo pagan, es de una vez sola y lo averiguás en el BPS en el 1997. Por lo general lo arreglás a cobrar en un abitab cerca de tu casa.
EliminarBEsotes
Hola estoy embarazada d 32 semanas y desde ja semana 14 me encuentro con licencia x problemas con mi embarazo. Soy empleada privada y el bps me ha pagado un subsidio del 70% de mi jornal. Quiero saber en base a que se va a realizar el subsidio por maternidad, sí será en base a éste porcentaje q he estado cobrando o en base al total d mi jornal. Gracias
ResponderEliminarVanessa, gracias por andar por acá!
EliminarEl subsidio por enfermedad es uno sólo, te lo detallo acá abajo de acuerdo al BPS:
AMPARO POR ENFERMEDAD: que sea consecuencia del embarazo o parto, tendrá derecho a la licencia médica correspondiente por Subsidio por Enfermedad.
Acá estás cobrando el 70% de tu jornal.
EN EL CASO DE LA LICENCIA MATERNAL:
MONTO A PERCIBIR
El 100% DEL PROMEDIO de las remuneraciones percibidas en los 6 meses anteriores al mes de inicio de la licencia maternal.
Se abona la cuota parte correspondiente a licencia, sueldo anual complementario (aguinaldo) y salario vacacional por el período de amparo.
Entonces:
Te van a pagar el 100% de tu sueldo, haciendo un promedio de los últimos 6 meses en la empresa.
Por lo tanto, los meses que te estén pagando el 70% del sueldo por subsidio por enfermedad, ese 70% se toma como 100% de ese mes.
Es decir, si ganás 100 pesos por mes, mientras te dure la licencia por enfermedad vas a cobrar 70 pesos.
Cuando hagan el promedio de licencia por maternidad, van a contabilizar por 6 meses , los meses que cobraste 100 pesos más los meses que cobraste 70, como licencia por enfermedad. Y eso lo dividen entre 6.
Te queda claro? Es sencillo, pero tal vez escribirlo es más complicado.
Besos!
María José
O sea que si desde setiembre estoy de licencia médica cobrando el 70%,ése mismo monto será tomado como 100% desde setiembre hasta marzo y dividido entre 6??? Para aclarar por completo mis dudas, mi sueldo en la empresa era de $18.500 aprox y el Bps me ha estado pagando $11.200 aprox, (siempre manejando valores liquidos y no netos)desde setiembre hasta hoy. De cuánto aprox será mi subsidio?, el cuál tengo claro lo hacen en un sólo pago..
EliminarY bueno, andaría ahí más vacacional, etc.
EliminarYo te vuelvo a recomendar llamar al 1997 y con tu número de cédula averiguar, ya que además tenés que andar pensando en pedir la licencia maternal...
Ahí ya te pasan fecha, montos, todo.
besotes!
hola buenas tardes yo les quería consular ya que estoy esperando mellizos y estoy de 26semanas el tema es que como mi ginecóloga lo considera un embarazo de riesgo me quiere certificar en la semana 32 ya que también tengo diabetes gestacional y mi idea era poder aguantar hasta lo último ya que no los quiero dejar tan chicos y volver a trabajar a los 42 días mi duda es sí puedo elegir igual y sí me certifican como es mi licencia? muchas gracias
ResponderEliminarHola!! Al tener mellizos y además diabetes gestacional, es importante que hagas reposo, relativo, ese reposo de no ir a trabajar.
EliminarLa licencia sin 84 días en total. 42 antes y 42 después del parto.
De eso no zafás. Pero probablemente luego del parto, y antes que se te termine la licencia, el pediatra de los bebés te puede certificar por necesidad de crecimiento de los bebés, que muchas veces pasa. Para eso se te extiende la licencia, y podés estar más tiempo con ellos, amamantándolos, ayudándolos al desarrollo y crecimiento. Es una lástima que las leyes nuevas no salgan, y estas cosas puntuales no se tengan en cuenta. Muchas madres por este tema, y previo acuerdo de pareja, dejan de trabajar, pero no es algo común... es que las cosas tienen que cambiar.
Besos y suerte!!
hola queria preguntarte sobre el prenatal que se supone corresponde a todos los niños desde que se verifica el embarazo, yo quisiera saber si hay un tope de sueldo por el cual no se cobraria ya que mi sueldo es chico pero mi esposo trabaja en un banco y su sueldo es mayor. En este caso correspone esa asignación o no
ResponderEliminartendrías que llamar al BPS. Es una consulta que te la resuelven rápidamente. Un beso y suerte! Tel. 1997
EliminarHola! me lei todo el blog, esta muy bueno,pero estoy indignada con el tema desde que quede embarazada... me indigna la difeencia entre trabajadoras privadas y publicas, que acaso no somos todas madres?? una verguenza y tomadura de pelo, yo acabo de reintegrarme, mi bebe tiene mes y medio! y arregle con la empresa hacer menos horas (5 en vez de 8) y cuando escucho a madres q se quejan porque se reintegran a los 6 meses me da risa y pienso "de que se queja?" pero bueno... es lo que hay no?, despues quieren que la poblacion aumente ja
ResponderEliminarfestejen uruguayosssssssss!
saludosssssss
Lucia
esperemos que se pueda igualar y no tengan que sufrir estas diferencias, que en definitiva no ayudan a los bebés. Si hacemos alguna movida, aviso por el blog y el facebook de naciendo padres. Besotes!!
EliminarHola muy bueno el foro si mi novia no trabaja pero le atienden el embarazo por mi en el bps le pertenece cobrar algo cuando nazca,
ResponderEliminarHola! gracias por tus palabras! Visitanos también en facebook (Naciendo Padres)
ResponderEliminarYo te recomiendo que llames directamente al BPS, porque son novios y no esposos, y no se hace cuánto tiempo están conviviendo.
Llamás al 1997 y con su cédula ya te dicen la info.
Besos y espero que te sirva.
hola Maria jose, felicitaciones por el blog, estoy embarazada de unos dos meses y tambien ansiosa de que salga esa ley nueva para poder estar con mi bebe mas tiempo ya que soy mama de dos nenas y a las dos las tuve que dejar al mes y medio de vida , y trabajo 10 - 11 hs por dia, ,, una hora de lactancia es un chiste trabajando hoy dia tanta horas, se sufre mucho por el desprendimiento y los pechos te revientan, es incomodo estar buscando un lugar para sacarte leche ,,, donde guardas la leche ¿¿!!, mi consulta es con un certificado de la pediatra puedo alargar la licencia??
ResponderEliminarhola Laura! Gracias por tus palabras.
EliminarAlgunos pediatras entienden que la mamá necesita pasar más tiempo con el bebé por falta de crecimiento, y la certifican por un tiempo más. Es decir que los bebés necesitarían más apego y leche materna directa de su mamá, y para eso necesita licencia. Si lo hablás con el pediatra de tus otras hijas tal vez ya vayan pensando en eso.
Besos!
Gracias por andar por aquí
Visitanos en facebook Naciendo Padres
HOLA MI NOMBRE ES ESTEFANI, TRABAJO EN UNA ESTACION DE SERVICIO, SOY CAJERA PERO TENGO HORARIOS MUY VARIABLES, TRABAJO EN LA SEMANA DE 14 A 22 Y LOS VIERNES HAGO DE 16 A 04. Y SABADOS DE 22 A 08 DEL DOMINGO. EL TEMA ES QUE ENTRE HORARIO Y EL ESFUERZO FISICO QUE ME GENERAN TANTAS HORAS, Y LA REPOSICION DE MERCADERIA, ME HACEN TERMINAR AGOTADA, ESTOY DE 22 SEMANAS DE EMBARAZO, PLANTEE UN CAMBIO DE HORARIO, Y MEJORES CONDICIONES COMO UNA SILLA CON RESPALDO, Y NINGUNA SOLUCION. ADEMAS PARECE QUE BUSCAN QUE ME CANSE PARA QUE ME VAYA POR VOLUNTAD PROPIA, Y NO TENER QUE DEPEDIRME PORQUE ES UNA EMPRESA QUE CONSIDERA QUE LA MUJER EMBARAZADA ES UNA CARGA PARA ELLOS.
ResponderEliminarHE TENIDO CONSULTAS MEDICAS, PARA EL CONTROL DE MI EMBARAZO Y COMO SOY JORNALERA ME HAN DESCONTADO LAS HORAS QUE HE FALTADO, QUE ME RECOMIENDAN??? GRACIAS
Si necesitás ser un poco más dura en cuanto a tus reclamos, llevá la ley vigente, que la encontrás aquí arriba, para que te den mejores condiciones de trabajo, desde la silla con respaldo hasta cambio de tareas, como no hacer más la reposición de mercadería. Es ley y la tienen que cumplir, si no, están en una falta grave.
EliminarEspero que salga bien!!
Un beso, y te invitamos a visitar la página de Facebook de Naciendo Padres, donde tenemos actualizaciones sobre maternidad y lactancia materna.
hola queria consultarte si me genera algún problema trabajar hasta 2 dias despues de la fecha asignada para la licencia maternal ya pedida la extención a las 38 semanas. Porque es el acuerdo que llegue con la empresa ya que he tenido un buen embarazo pero no quiero tener problemas con bps. Esto me puede generar algún inconveniente o como mucho se me descontaran esos 2 días de la licencia maternal.
ResponderEliminarDesde ya gracias
No lo se, tal vez necesites llamar a BPS y averiguar. Depende de cada situación y el arreglo con el que llegaste con tu empresa.
EliminarSaludos!!
hola yo soy funcionaria publica de la salud, y tenia medio horario hasta los 6 meses, resulta que la pediatra me hizo un papel que decia 6 meses debe continuar amantamiento, cuando fui a prorrogar el 1/2 hor no me dieron me dijeron que solo era si tenia una patologia, estoy enojada porque se que se lo dan a la mayoria y me parece muy injusto, que no me lo hayan dado, cuando se que a se lo dan a mucha gente que conozco porque pasa eso?
ResponderEliminarY mirá, a veces pasa dependiendo del médico certificador que te toque.
EliminarYo intentaría nuevamente con otra carta del pediatra, esta vez un poco más específica de por qué tu bebé necesita 6 meses más de tenerte más horas en casa. Y luego la vuelvo a llevar al certificador. Intentaría otro horario para llevarla.
No se, es muy injusto, me queda claro que acá las cosas funcionan dependiendo de quién te atienda y su buena voluntad y entendimiento a tu situación...
Besos y te invitamos a visitar nuestra página de Facebook Naciendo Padres, para estar actualizada en temas de maternidad y lactancia.
Saludos!
hola mi pregunta es, me conto una compañera que ya estaba decretada la ley de que ahora son 6 meses de maternidad, quiciera saber si esto es verdad aca en uruguy, muchas gracias
ResponderEliminarHola! Todavía la ley no se ha promulgado, así que no corre. La vigencia de la ley por lactancia y maternidad sigue funcionando como antes.
EliminarBesos y gracias por estar conectada. Te invitamos a hacerte amiga de la Página de Facebook de Naciendo Padres para estar actualizada en varios temas de maternidad y lactancia
Saludos!!
Hola.
ResponderEliminarMi inquietud es la sig.: Yo soy empleado del sector privado, llegue a un acuerdo con la empresa donde trabajo de trabajar 6 horas por día, ahora bien, yo gano x hora, como me tendrían q pagar, trabajo 6 horas y me tienen q pagar 7 o sólo corresponde q cobre por las 6 horas trabajadas? se entiende mi pregunta? Gracias
perdón soy empleada(puse empleado)
EliminarRoxana, si llegaste a ese acuerdo con tu empresa privada, se supone que es un arreglo entre ustedes, y entonces las condiciones las tendría que poner la empresa, porque la licencia por lactancia por 6 meses todavía no salió. Besos y gracias por estar conectada! Te invitamos al Facebook Naciendo Padres para informarte de otras novedades!!
EliminarHola, felicitaciones por el blog en primer lugar. soy docente publica y quisiera saber como puedo hacer para alargar mi licencia maternal. Mi beba tiene 2 meses y medio y ya me estoy por reintegrar a trabajar. En realidad mi beba nacio con bajo peso, le esta costando bastante aumentar, toma pecho cada hora u hora y media y rechaza la mamadera. como hago para dejarla? como la van a alimentar?pregunte si con un comprobante del pediatra me pueden dar mas tiempo y me dijeron que no, que comenzaría ya en el medio horario.
ResponderEliminaralguien tiene una experiencia similar que me ayude.
muchas gracias
Hola!
EliminarSos maestra pública?? Si es así, acá te dejo parte de las nuevas normas de maestros:
Los nuevos movimientos que estamos viviendo en Uruguay son:
Las maestras Uruguayas (de Inicial y Primaria de CEIP) han logrado en los últimos meses que se apruebe la Licencia total por seis meses (puerperal y lactancia) a partir de la fecha de parto (Circular 109 del 17 de Noviembre de 2011 / Acta N. 76, Res. 66 del 26 de Octubre de 2011 del CDC de la ANEP)
Si cumplís otro rol, avisame y lo vemos.
Pero la verdad es que con una carta específica del pediatra, explicando lo del bajo peso y la dificultad que tiene para aumentar, más los beneficios que le brinda la lactancia materna a pecho directo, es dificil que te nieguen una extensión de licencia. Creo que tenés que luchar por esto. Llevarlo a Médico Certificador y explicar claramente la situación y lo grave que puede ser para tu bebé no poder beneficiarse de tu leche.
Ahora, no te estreses, tratá de estar lo más posible con tu hija, que tome todo lo que quiera cuando quiera, la cantidad que quiera, y vos lo más relajada posible, porque el estrés baja la producción de leche. Que no sea una razón para darle complemento. Porque ahí la leche se te va del todo.
Tené conciencia que lo mejor para ella y vos es la Lactancia Materna, Extraete leche y congelá para hacer un mini banco de leche para cuando no estás.
Espero que te sirva.
Besos!!
Hola, muchas gracias por la respuesta. Soy profe de secundaria y lamentablemente no tenemos los 6 meses de licencia como los maestros.
Eliminarhola tengo una consulta.
ResponderEliminarestoy en caja por bastante menos de mi sueldo real en mano.
mis jefes no me quieren pagar por fuera la diferencia, como puedo calcular cuanto me va a pagar realmente el BPS? me va a pagar el mismo liquido del recibo , mas aguinaldo y vacacional? o el nominal? hay algunos descuentos que no se hacen en el caso del subsidio por maternidad? sabrian decirme que descuentos me hacen? actualmente en mi recibo figuran los descuentos de fonasa, montepio, fdo reconv. laboral, e irpf. si me ayudan con esta duda les agradeceria ya que estoy muy preocupada de que no me sea suficiente el sueldo que me pagan por caja! gracias!!
Hola! Primero que nada, felicidades por tu embarazo!
EliminarTe cuento que el cálculo no te lo puedo hacer yo, pero te paso lo que detalla la ley de maternidad, y estaría bueno que te comuniques con el BPS para que ellos, en una cita a la que te piden que acudas, te hacen todos los cálculos.
"SALARIO DURANTE LA LICENCIA POR MATERNIDAD
El art. 15 del Dec-Ley 15.084 establece que la beneficiaria percibirá el equivalente en efectivo a su sueldo o jornal más la cuota parte correspondiente al sueldo anual complementario, licencia y salario vacacional que corresponda por el período de amparo.
Para la determinación del subsidio se tomará como base la retribución resultante del tiempo trabajado y remuneraciones percibidas en los últimos seis meses, no pudiendo ser inferior al salario mínimo nacional"
Así que ahí tenés cómo lo calcularían.
La empresa donde trabajás debería regularizar el sueldo, o bien pagarte por fuera la diferencia, lo cual corresponde ya que están aportando menos de lo real... No se si dará la situación para que les pidas que revean la situación, pero bueno, es lo que te correspondería. Una u otra forma para compensar lo que te va a faltar de lo que cobres por BPS.
El tel. de BPS es 1997.
Más arriba tenés la ley completa para que te informes un poco mejor.
Besos y espero que se solucione!!
Majo
Buenos Días, perdón mi intromisión
EliminarPrimeramente los felicito por el emprendimiendo de la información dada en la pagina:
Pues estoy de 39 semanas y a la espera, justamente me han pagado el subsidio por maternidad y en el BPS cuando vas a hacer el tramite ( dependiendo de las ganas de explicarte que tengan) preguntas y te lo explican.
El calculo es así:
Te pagan el promedio de los últimos 6 meses trabajados, ( sueldo + aguinaldo+ salario vacacional+ licencia- cabe destacar que los ultimos 2 items corresponden a los dias generados de los 84 dias de licencia maternal, espero que se entienda) a eso tienes que hacerle el descuento legal del BPS, Fonassa, etc (lo que no se te descuenta son las retenciones judiaciales, o como por ej si tienes retencion de Anda, etc)
O sea que mas o menos te pagan lo mismo que estas cobrando como sueldo al día de hoy con los descuentos legales
En tu caso no hay manera de recuperar el dinero que se te paga por fuera a no ser que la empresa se haga cargo ( tal como tu lo dices, esa es una de las cosas negativas cuando te ponen en el BPS por un monto menor al percibido realmente)
Lo que no te paga el BPS que no se si es tu caso o no ( pero si es el mio) son los Tickets de alimentación ( ahí siempre salimos perdiendo)
Mucha suerte y felicitaciones por el embarazo!!
Valeria
Hola. La verdad que muy interesante este blog. Muy buena la información. Tengo un bebé de dos meses, soy empleada privada y tengo maternal hasta mediados de julio. Como mucha gente que escribe acá, esperé con ansias haber si se aprobaba la ley antes de tener familia pero no tuve suerte. Mi bebé toma pecho exclusivo y quería saber como puedo hacer para certificarme por más tiempo. Leí en el blog que los pediatras cuando lo entienden necesario certifican a la madre. Lo que no me queda claro es como es el trámite en el bps una vez que el pediatra te da el certificado. Si hay que llevarlo al médico de la madre, o si el mismo pediatra lo ingresa. Muchas gracias y suerte para todos. Espero tu respuesta.
ResponderEliminarHola! Gracias por tus palabras!
EliminarTe cuento que el tema de la lactancia va a depender de tu pediatra y del certificador de BPS.
Lo que las mamás tienen que pedirle al pediatra es un certificado de extensión de la licencia. Los por qué de la extensión serían porque el bebé está a pecho directo exclusivo, y de alguna manera necesita a la madre a disposición para aumentar su crecimiento. Luego ese certificado se lleva a BPS (llamás para pedir hora) y te vas con eso y dependiendo del Certificador, te dan una prórroga para volver al trabajo. Es una lástima que a veces los médicos certificadores de BPS no entiendan la necesidad de la mamá y el bebé de seguir un tiempo más la lactancia exclusiva, sabiendo de la infinidad de beneficios que les otorga a ambos. Una de estas cosas buenas que nos da la lactancia (entre miles) es que el bebé no se enferma o lo hace de forma muy breve, a diferencia de los demás. Por lo tanto, la mamá falta menos al trabajo por enfermedad del niño... Si tuviera la posibilidad de certificar por más tiempo a las madres, lo haría con mucho gusto!! Un beso, espero resulte.
Este comentario ha sido eliminado por el autor.
ResponderEliminarHola! Me parece muy interesante la información que brindan y me gustaría que me informasen sobre mi situación: Soy empleada pública y trabajo en un hospital, estoy de cuatro meses y con certificación médica por amenaza de aborto, la ginecóloga me comunicó que posiblemente, dado que es un embarazo de riesgo, deba estar con certificación médica y reposo durante todo el embarazo, ya que es mi primer embarazo, para cuidarlo ya que me costo mucho poder quedar en cinta. Mi consulta es si al igual que las trabajadoras de la actividad privada, se me corta la certificación 6 semanas antes para tomarme licencia maternal y las otras 7 semanas son luego del parto, o me corresponden las doce semanas después del parto. Agradezco me informen, ya que he tenido varias versiones.
ResponderEliminarPD: Considero como futura mamá, que tanto las trabajadoras de la actividad privada, como las de la actividad publica, deberíamos tener los mismos derechos, y si nos igualaran a lo obtenido por las maestras, aún mejor, ya que beneficia a nuestros bebes, debido a que permanecemos mas tiempo con ellos luego del nacimiento!!
Muchas gracias al equipo de Naciendo Padres, de una futura mamá!
Hola!! Gracias por estar ahí!
EliminarTe cuento que según lo que se lee en la ley de empleadas públicas, podrías tener un reposo previo al parto, por causas devenidas del embarazo, SUPLEMENTARIAS al descanso de las 13 semanas. Como leerás abajo, está claro que podés tener este derecho APARTE de las 13 semanas de descanso.
Vos podés pedir, a criterio TUYO, como aclara la ley, adelantar la licencia 6 semanas antes de la Fecha Probable de Parto, pero justamente esto lo plantea como "a pedido de la madre" según la descripción de la ley, y no porque un médico certificador lo disponga. Abajo te dejo fragmentos de la ley para empleados públicos, en este caso los artículos referidos al embarazo.
Ley Nº 16.104
FUNCIONARIOS PUBLICOS
Artículo 24.- Toda funcionaria pública embarazada tendrá derecho mediante presentación de un certificado médico en el que se indique la fecha presunta del parto, a una licencia por maternidad.
La duración de esta licencia será de trece semanas. A esos efectos la funcionaria embarazada deberá cesar todo trabajo una semana antes del parto y no podrá reiniciarlo sino hasta doce semanas después del mismo.
La funcionaria embarazada, podrá adelantar el inicio de su licencia, hasta seis semanas antes de la fecha presunta del parto.
Artículo 25.- Cuando el parto sobrevenga después de la fecha presunta, la licencia tomada anteriormente será prolongada hasta la fecha del alumbramiento y la duración del descanso puerperal obligatorio no deberá ser reducida.
Artículo 26.- En caso de enfermedad que sea consecuencia del embarazo, se podrá fijar un descanso prenatal suplementario.
Espero que te sirva esta info..
Un beso y suerte!!
Hola buenas!! Soy profe de ed. fisica en primaria y secundaria en el sector publico, estoy de 33 semanas; durante la semana en primaria tengo 8 horas de trabajo semanal dividido en dos días realizando en uno 3 horas (me levanto a las 6 ymedia de la manana)de viaje entre ida y vuelta y en otro 6 horas (ma levanto a las 5 ymedia dela manana), esto es solo de viaje sin contar las horas de trabajo que son 4 en cada lugar; mas un dia para secundaria que viajo casi 4 horas (me levanto a las 4 y media de la manana) para trabajar 1 y media; mas horas en secundaria otros dias donde vivo.
ResponderEliminarMe dicen que en primaria es apartir del parto la licencia por maternidad y son 6 meses como las maestras y en secundaria es 45 dias antes y 45 despues.
Estas licencias son independientes?
la verdad que con los horarios que hago no quisira ir por lo menos en el que me tengo que levantar a las 4 y media de la manana, que es secundaria.
No se bien que es lo que me conviene, o como pedirlo.
Lo que se, es que los omnibus vibran mucho y el movimiento de la semana se siente......
y luego en secundaria la lactancia como es para ese sitio que tengo que viajar?
Que me conviene hacer!!!!!!
Hola estoy embarazada de 18 semanas y me certificaron pero me reintegro el proximo mes, esto hace q no puede retradar el inicio de la licencia maternal aunque meden el ok para rwintegrarme? Gracias
ResponderEliminarSupuestamente si te reintegrás a trabajar, podés pedir la licencia normalmente. Siempre que la tramites estando trabajando.
EliminarGracias por estar por acá
hola que tal estoy embarazada trabajo en empresa privada me quedo una dudad respecto a lactancia materna entendi que si no me certifican el bps me otorga 12 semanas de licencia por lactancia luego deberia reintegrarme al trabajo con esas dos h y media para amamantar mi pregunta es que si por medio del inau ellos me pueden certificar considerando que voy a amamantar a mi hijo y no tengo como hacerlo porque no tendria quien me lo lleve hasta los 6 meses conjuntamente la pediatra me siga certificando por amamantar hasta el 1año esto podria pasar seria razonable? porque conozco un caso ya , gracias espero respuesta ....
ResponderEliminarLas doce semanas es licencia por maternidad. Las mujeres en el ámbito privado no cuentan con licencia por lactancia. En la mayoría de los casos, si la mamá trabaja hasta justo antes que nazca el bebé, se toma las doce semanas y luego se tiene que reintegrar en horario completo, lastimosamente. Pero hay algunas empresas privadas que tienen responsabilidad social, y que entendiendo la importancia de la lactancia prolongada, le dan a la madre, previo certificado del pediatra, medio horario de trabajo por seis meses, tal como lo hacen los públicos. Pero no siempre es así. Depende de la buena voluntad de la empresa. Tal vez puedas hablar con tus jefes para llegar a un acuerdo con respecto a esto.
EliminarSaludos y gracias por estar!
porque conozco un caso ya, disculpen me falto decirles que esto seria para hacer luego de las doce semanas medio horario
ResponderEliminarHola muy buenas tarde. te felicito por el blog pero mas por la información que brindan, muy bueno!!!
ResponderEliminarMi consulta es la siguiente, estoy embarazada de 23 semanas y certificada desde la semana 19, por lo que me dijo mi ginecólogo me va a certificar todo el embarazo. yo quería saber si esto influye a la hora de cobrar la licencia por maternidad.. Tengo entendido que se hace un promedio de los últimos 6 meses de trabajo.. Pero en mi caso como es?? cobro menos por estar certificada?? Muchas gracias!!!!
Hola! muy bueno el blog! quería consultar ya que en el momento estoy de 5 meses de embarazo y me presente a un llamado para un cargo público, y quede sorteada, teniendo ahora que dar una serie de pruebas. Quisiera que me informarán si estando embarazada puede complicar mi ingreso a la función pública o si habiendo superado todas las pruebas, pueden considerar el no ingreso por encontrarme en gestación.
ResponderEliminarPor otra parte debido a que recién comienzan las pruebas, el ingreso para dicha función posiblemente sería posterior a mi fecha de parto. En este caso tendría derecho a tomar licencia maternal? y si en el caso de que me otorguen esta licencia contaría en forma negativa en mi desempeño, para la renovación después del primer año.
Actualmente soy empleada pública en el área de la salud, y he visto que han ingresado a la función estando embarazadas y han tenido derecho a su licencia maternal, en uno de los casos, ingresó a trabajar tres semanas antes de tomar la licencia maternal correspondiente.
Estaría muy bueno, que pudiera ingresar a este nuevo trabajo, ya que si bien ahora tengo uno, vivo a 60 km del mismo y cuatro horas de viaje, por lo tanto cuando haga medio horario, igualmente serán 8 horas que pase fuera de casa, por lo que pensando en el bebé, me presente a este nuevo llamado que es en la zona donde vivo.
Espero haber sido clara con las consultas realizadas! Muchas gracias!
Hola, gracias por estar por aquí!!
EliminarTe contamos que ya hemos tenido este tipo de consultas. Justamente una mamá que se presentó a Antel antes de quedar embarazada, y realizó todas las pruebas con éxito y comenzó a trabajar sin problemas. Si estás embarazada no es un problema o no debería serlo, ya que fuiste seleccionada antes de estarlo.
Así que deberías poder realizar las pruebas sin problemas.
El otro punto es que entrarías a trabajar ya habiendo nacido tu bebé. Eso es algo que tenés que preguntar mismo en Recursos Humanos de la institución, ya que va a depender de lo que ellos toman como normativa. Yo estimo que si tomás la licencia, no debería contar como problema para la renovación del contrato al año próximo. Los organismos públicos intentan beneficiar a la mamá en lactancia, porque se benefician ellos también. Pero son cosas que tenés la obligación de hablar, por vos y tu bebé, porque necesitás tener las cosas claras desde ahora para decir si seguís en carrera o das un paso al costado. Yo haría eso. Me reuniría con RRHH del lugar donde vas a concursar y preguntar todo esto. No es lo mismo que ingreses sin licencia por maternidad ni lactancia. Pero creo que es muy probable que te la den, una vez pasadas las pruebas.
Espero que te haya servido este comentario. Cada Institución pública se maneja de forma distinta, pero siempre mejorando la calidad de trabajo de las madres.
Saludos!! y tenenos al tanto.
Buenos días, me lei todo, muy interesante y útil, felicitaciones! mi consulta es la siguiente, estoy embarazada de 32 semanas y ya realice el tramite en BPS para licencia maternal con prorroga por lo que saldría 2 semanas antes de mi fecha probable de parto ya que todo venia cursando con normalidad; pero en la ultima semana parece que surgió alguna complicación con la placenta y la Presión, por lo que la ginecóloga me indico que seguramente ya en el próximo control me certifique para cuidar el embarazo.. En estos casos que sucede? tengo que tramitar de nuevo, queda igual la fecha de licencia maternal que ya había pactado con bps o cambian mis fechas? estoy confundida! gracias
ResponderEliminarTengo una consulta respecto a la licencia maternal.El regimen de licencia en la empresa en que estoy, por más de que no trabajemos los sabados, te los incluyen cuando te tomas licencia anual. Para la licencia maternal, el BPS tambien de cuenta los sábados? Son 12 semanas? O cuentan "X" días incluyendo los sábados?
ResponderEliminarGracias
La licencia de VACACIONES siempre toma los sábados para darte los días de descanso. Y no los define la empresa sino las leyes del estado.
EliminarPara tu licencia maternal funciona de la siguiente manera:
Son 6 semanas antes y 6 semanas posteriores al parto. Total 12 semanas. Vos las podés ajustar si querés iniciar la licencia lo más tarde posible antes del parto. Eso son 15 días antes.
Te paso la página de BPS donde está toda la info para que leas detenidamente, ya que tenés que presentarte para iniciar el trámite con determinados documentos.
http://www.bps.gub.uy/3526/subsidio_por_maternidad.html
Besos y suerte!
Hola muy bueno el blog! felicitaciones!
ResponderEliminarQuería consultarles algo...
Fui mama y este 30 de septiembre tendría que reintegrarme a mi trabajo(sector privado).La pediatra me hizo un papel como que mi hijo esta con lactancia exclusiva para tramitar el horario maternal.
Mi consulta es..
Eso se tramita en el INAU no? tengo que sacar día y hora para ir? xq me han dado un único numero para llamar y desde hace días trato de comunicarme y no atiende nadie.
Les agradeceria su respuesta!
Saludos
Hola!
EliminarTe diría que el sector privado aún no tiene la obligación de tramitar el medio horario de lactancia. Esto rige hasta 2014. Vos podrías hablar con tus empleadores para ver si ellos te la brindan de todos modos. De igual forma, estaría bueno que te contactes con BPS para lograr una respuesta certera con tus datos y planilla de BPS, porque cada caso es distinto.
El tel. es 1997
Espero que tengas suerte, por tu bebé!!
besos
HOLA TENGO UNA DUDA SOBRE LA LICENCIA MATERNAL LLAMO AL BPS Y LA RESPUESTA ES PEOR Y ME DEJA MAS CONFUNDIDA, ESTUVE CERTIFICADA 1 MES POR APENDICITIS Y ESTE ULTIMO MES POR PROBLEMAS DEL EMBARAZO ENTONCES CUANDO CALCULAN LA LICENCIA MATERNAL ME VAN A CONTAR LO QUE COBRE EN EL TRABAJO MAS LO QUE ME DIO EL BPS O SOLO LO DEL TRABAJO Q ES MINIMO EN ESOS MESES
ResponderEliminarMUCHAS GRACIAS
Hola! Quería hacer una consulta porque no me queda bien claro: Soy empleada pública en el ámbito de la salud y quería saber si después de la licencia maternal, puedo extender esta si mi bebé toma pecho con un certificado médico o lo que te extienden es el medio horario. Lo consulto porque después que se me termine la licencia maternal, de comenzar el medio horario, por más que son tres horas de trabajo, tengo cinco horas diarias de viaje hasta el trabajo, por lo que a pesar de tener medio horario, estaría ocho horas fuera de casa.
ResponderEliminarLa otra consulta es si el medio horario es hasta los seis meses de vida del bebé o seis meses a partir de que se termina la licencia maternal, la cual sé que mediante un certificado del pediatra se puede extender, siempre y cuando te toque un certificador que se ponga en tu lugar.
Consulto esto porque de tener que reintegrarme a mi trabajo luego de la licencia maternal, el medio horario para mi son ocho horas igualmente. Así que evaluando para yo poder hacer medio horario debo pagar a alguien por ocho horas para que cuide a mi bebé y cuando comience todo el horario serán entonces once horas que pase fuera de casa y pagar a alguien para que cuide a mi bebé, algo que no me dejaría dinero y no podría costear, por lo que tendría que renunciar mientras mi hijo es pequeño. Por lo que estoy evaluando hasta cuanto tiempo lo puedo estirar hasta presentar la renuncia. Desde ya muchas gracias!
Hola!!
EliminarLuego de tu licencia maternal tendrás 6 meses de medio horario. Podrías ir conversando con el pediatra de tu bebé la posibilidad de extender tu licencia, ya que obviamente será de medio horario y no hay vuelta.
También podés hablar con tu ginecólogo para ver qué te puede decir con respecto a tus ganas de poder seguir amamantando. Es importante que tengas esa voluntad por la salud de los dos, y es bueno que encuentres profesionales que sigan tus ganas y fuerza.
Por lo tanto, es importante que lo vayas charlando desde ahora.
Espero que se solucione tu situación de la mejor manera posible.
Podés pedir licencia sin goce de sueldo, para no perder el cargo?
Saludos!!
Hola que tal!
ResponderEliminarDisculpen la molestia, Quisiera saber porque no entendi muy bien a partir de cuando empieza a regir la nueva ley de maternidad, porque yo tengo fecha para el 13 de enero y quisiera saber si entro dentro de ella.
Saludos y Muchas Gracias
Hola! La ley ya comenzó a regir.
EliminarEn breve subimos el texto de la misma.
Saludos!!
hola, tengo una consulta. Mi beba cumple 6 meses hoy, la madre tiene que hacer algún trámite para reintegrarse a horario completo o simplemente debe realizarlo. Gracias.
ResponderEliminarHola! La mamá debe tener un papel de BPS donde explique el día que debe reintegrarse. Tiene que presentarse el día que BPS definió para eso.
EliminarSaludos!!
Hola, felicitaciones por el blog! Tengo una consulta. Soy empleada de la universidad, los funcionarios de udelar tenemos derecho a tomar 4 horas por mes sin necesidad de reponerlas. Estoy en mi segundo mes de embarazo, y particularmente este mes veo que me voy a pasar de estas horas ya que tuve primer consulta dentro de mi horario laboral y ahora me queda la ecografía y la consulta donde lleve mis análisis de sangre y me estaría pasando de mis horas. (los análisis y el odontólogo los pude coordinar fuera de mi horario, pero estos no) Consulta, las embarazadas debemos reponer horas?? o estamos amparadas de alguna manera? Gracias!
ResponderEliminarHola Lucía!!
EliminarFelicidades por tu embarazo!!
Te diría que puntualmente el caso de las horas que la UDELAR ofrece a sus funcionarios no lo conozco. Eso es interno a cada Organismo. Lo que te puedo decir es que tú podés pedir un comprobante de que estuviste en el médico o haciéndote la eco, como si fuera un certificado médico. Eso ya debería bastar para que no te descuenten esas horas.
A ver si eso sirve, vos luego mandanos un mensaje a ver qué pasó. Como cada organismo tiene su reglamento interno y hasta su modus operandi hecho a "costumbre", no es fácil conocer cada situación.
Te mandamos un beso, suerte!!
Hola. Tengo una consulta. Yo trabajo a nivel público (ASSE y UDELAR) y privado (mutualista). Estoy de 23 semanas, en reposo por amenaza de parto prematuro pero si no pasa más nada me reintegro la semana q viene. En el primer trimestre ya estuve en reposo unas semanas por amenaza de aborto. Quiero saber varias cosas: 1)desde cuándo rige la nueva ley? 2) necesariamente tengo q tomarme licencia desde 42 días antes en caso de q no vuelva a tener problemas? 3) eso cambió en la nueva ley? MUCHAS GRACIAS!
ResponderEliminarHola!! Gracias por estar por acá!
EliminarTu caso es especial por las licencias por enfermedad, derivadas del embarazo.
Posiblemente te pidan que te tomes más días de preparto por haber tenido ese reposo.
Eso está desde antes. Cuando tenías una enfermedad derivada del embarazo que requería reposo, tenías que comenzar la licencia por maternidad 6 semanas antes de la fecha presunta de parto.
TE transcribo el texto de la vieja ley aquí:
El Decreto-Ley 15.084 del 28.11.1980 establece en su art. 12 que la trabajadora grávida " ...deberá cesar todo trabajo seis semanas antes de la fecha presunta del parto y no podrá reiniciarlo sino hasta seis semanas después del mismo.
Entonces, con el pasaje de la vieja ley a la nueva, te recomiendo que pidas una audiencia con BPS (tel 1997) y llegues a un acuerdo.Tal vez sea bueno que tengas una charla previa con tu ginecólogo/a a ver qué opina con respecto a tu licencia: podrías comenzarla 15 días antes de tu FPP? Podés llevar una receta de tu médico donde diga cuándo recomienda comenzar la licencia. Pero creo que tendrías que ir pensando en comenzarla antes, por las "complicaciones" que has tenido.
No te olivides que vos sos quien está permitiendo que tu bebé esté bien en tu vientre, por lo que es bueno que entiendas que vos tenés que estar 100% bien, descansada, sin estrés, y que intentes evitar un parto prematuro, luego de todo lo que venís luchando por tu bebé. Es decir, que tal vez sea lo mejor que comiences antes de lo que pensabas la licencia. Cuando trabajás hasta lo último, a veces se convierte todo en un estrés totalmente evitable, pero perjudicial para los dos.
Espero que todo sea para bien.
Besos!!
Hola quisiera formular una pregunta respecto a la nueva ley de licencia maternal y medio horario . ley 16961, en cuanto al medio horario. Mi hija tuvo a su bebe el 13 de setiembre de 2013 y se reintegro al trabajo el 14 de noviembre. ella desconocia que deberia hacer un tramite frente a inau. En el trabajo se lo dijeron despues de una semana de reintegrarse al trabajo (cumpliendo 7 hs. de trabajo en lugar de 8 hs) Fue a inau a presentar el certificado que le dio la pediatra de su bebe comprobando el periodo de lactancia. Fue a inau el dia 22 de noviembre y en el trabajo no le aceptan el papel porque tiene fecha 22, que fue cuando hizo el tramite. Volvio a inau para que le cambiaran la fecha , 14 de noviembre , que es la fecha que ella se reinegra al trabajo, pero en inau no se la cambian. A consecuencia en el ttrabajo no se lo aceptan y le comunican que le van a descontar esa hora de trabajo desde el 14 de noviembre. Mi pregunta, esto es asi?. Sera que su bebe que tiene 2 meses y ella esta amamantando, le descuentan esa hora por dia?. Y entra ella en esta nueva ley con el medio horario por lactancia? de ser asi, tiene que cumplir 4hs de trabajo y no siete?. Donde se puede asesorar de la reglamentacion de esta ley?. Esta mal asesorada y por ello no sabe que hacer. Agradezco puedan responder estas preguntas, Gracias , Raquel de Sayago
ResponderEliminarHola Raquel! Gracias por escribir! Te aconsejo que llamen al BPS o se presenten allí directamente (previo pedido de hora por el teléfono 1997) para sacar todas las dudas, ya que el inicio de la nueva ley ha generado confusiones y situaciones que siempre es mejor solucionar con los organismos competentes.
EliminarBesos
Felicitaciones con el blog, lo estoy leyendo hace unas buenas horas. Tengo una consulta. Estoy de 24 semanas y me comentaron en el hospital que en la semana 28 tengo que iniciar los tramites en bps. Que tengo que llevar y que tengo que hacer ?
ResponderEliminarHola!! Felicidades a vos por tu embarazo!!
EliminarTenés que llamar al 1997 con tu cédula y pedir un día y hora. Allí te van a dar todos los datos para que te presentes, pero es un trámite sencillo.
Si no has tenido ningun problema durante tu embarazo, te van a dar la licencia 15 días antes de la Fecha probable de parto.
besos y suerte!!
Hola,me parece excelente el trabajo que hacen.Tengo una coinsulta.Comence a trabajar hace casi tres meses en un empleo publico,es un convenio especial con el patronato de liberados.Mi pregunta es :corro peligro de ser despedida?Mi contrato es a un año,renovable.¿Me asisten los mismos derechos que a las otras funcionarias?Muchisimas gracias por toda la informacion que nos brindan.
ResponderEliminarHola! Doy por hecho que estás recién enterada de tu embarazo.
ResponderEliminarContame cómo es tu contrato: es una unipersonal profesional?
En cuanto a los derechos que te asisten no te puedo decir si son los mismos que los que asisten a una funcionaria pública; la verdad es que son cosas que tenés que averiguar en RRHH de la empresa donde estás. Porque cada organismo tiene sus propias normas internas con respecto a las contrataciones y estos temas a veces ni se les han presentado aún.
Entonces es bueno que cuando estés segura, quieras contar y sientas que es buen momento, vayas a RRHH y preguntes sobre la normativa para contratadas embarazadas, la adaptación que hacen de la nueva ley y el tema de licencia por maternidad, etc.
Creo que es lo mejor.
De todas maneras, despedirte no lo pueden hacer. Si se termina tu contrato y te recontratan o no, eso es otra cosa.
Te cuento a modo informativo que una chica en tu misma situación que recién entraba en ANTEL, contó su caso, quedó trabajando sin problemas. La empresa no tenía problemas con estas cosas, que ES COMO DEBE SER, después de todo.
Contanos un poco más de tu caso
Saludos!
Muchas gracias por la respuesta.Si,en realidad acabo de enterarme de mi estadosolo tengo 6 semanas,,no tengo hijos y no estaba en mis planes por ahora.Pero te cuento que tengo un contrato a prueba,por un año,una vez finalizado este,se realiza un nuevo contrato o se renovaria el mismo,obviamente con modificaciones.,esta vez si,como funcionaria de esa institucion.Mi evaluacion hasta ahora ha sido extraordinaria,En mi contrarto dice que ,salvo causas graves de mala conducta,no se obstaculizaria la renovacion del contrato.Por ahora dependo del Patronato,aun cuando si estoy considerada funcionaria publica porque desempeño tareas en una institucion publica.Consulte con ustedes porque no estaba segura aun de plantear el caso en RR,HH,no deseo estar en peligro de despido antes de saber que leyes me asisten.Gracias nuevamente,su ayuda es invaluable para mi en este momento.
ResponderEliminargracias a vos por contactarnos! Esperamos que todo salga bien! Cariños!
EliminarBuenas ! Tengo una consulta estoy embarazada de 19 semanas, estoy certificada durante un mes por problemas con el embarazo. Cuanto porcentaje de mi sueldo deberían de pagarme? gracias, espero respuesta
ResponderEliminarHola, espero que estés recuperándote! Te cuento que lo que tiene que ver con subsidio de enfermedad derivada del embarazo deberías consultarlo en BPS o donde correspondiere. Es un trámite simple que lo hace algún familiar o amigo a quien le entregues un poder. Por teléfono podés adelantar el trámite. Saludos!!
Eliminarhola qte tal? ya rige trabajar 4 hs y q sean pagas 8 hs pra sector privados?? gracias besos
ResponderEliminarHola! Si, ya rige. Lo que vas a recibir es la mitad de lo que recibas durante tu período de descanso materno por parte del BPS y además te van a pagar por las horas que trabajes. Gracias por andar por acá!! Qué te ha parecido la página? Saludos!!
EliminarHola, mi consulta es mi bebe nacio el 06/12/13 aun estoy sin trabajar, se que me corresponden 8 semanas despues del parto, no he ido por el bps aun, y tampoco le he informado nada a mis patrones, puedo llegar a perder el trabajo verdad? como que lo abandone? que me puede pasar? gracias en lo que me puedan ayudar
ResponderEliminarNo creo que vayas a perder tu puesto. El despido de una mamá reciente no es tan sencillo.
EliminarDe todas maneras, y para estar tranquila, estaría bueno que vayas a BPS (pidiendo hora con antelación telefónicamente) y realices todos los trámites que te faltan.
Saludos y que todo salga bien-
Soy docente de primaria y trabajo en escuela de tiempo completo. Tengo fecha para el 20 de abril del 2014 como fecha de parto. Cuántos días de licencia tengo por maternidad y cuantos dias por lactancia. Gracias
ResponderEliminarBuenas noches,quisiera hacer una consulta: soy Docente y además trabajo en el Poder Judicial,o sea,dos empleos públicos. Por Ley,me corresponde medio horario por lactancia.La pregunta es: puedo reintegrarme en un lugar sólo? o debo cumplir medio horario en cada lugar? GRACIAS!!!!
ResponderEliminarHola, soy docente efectiva de primaria y ya estoy con licencia por maternidad, mi pregunta es ¿puedo elegir otro cargo en primaria estando con licencia? Graciasss
ResponderEliminarHola! Eso es algo que necesitás averiguar en Primaria. Capaz que cuando tengas una respuesta podés contarnos cómo es, así otras mamás maestras ya tienen la info.
Eliminarcariños!
hola buenos días felicitaciones por el blog muy interesante. les consulto: estoy de 30 semanas de mellizos , trabaje muchos años en el sector privado pero desde hace un año no lo hago mas. Soy beneficiaria como conyugue, en este caso, cuales son los beneficios que me corresponden? y la licencia paternal cuantos días son? los beneficios son individuales o para los dos bebes juntos. Desde ya muchas gracias
ResponderEliminarHola! Felicidades por esos mellis!!
EliminarSi no estás trabajando, no te van a pagar un subsidio.
Al estar en el SNIS por tu pareja, tus hijos al ser reconocidos por el padre y al tú estar integrada al sistema, entrarían directamente al SNIS.
La licencia por paternidad es actualmente de 6 días corridos. 3 días los paga la empresa y 3 días los paga BPS. Para que BPS lo cubra, una vez nacidos los bebés el papá tiene que presentarse en BPS con una carta de la Empresa donde trabaja, indicando el día de nacidos de los bebés. Eso es algo que ya puede ir adelantando a la Empresa y que tengan algo preparado que solo tengan que agregar la fecha de nacimiento y las firmas correspondientes.
Consultá de igual forma en http://www.bps.gub.uy/3535/subsidio_por_maternidad.html o llamá al 1997 de BPS
Mucha suerte!!
Cariños
Hola bueno primero que nada es muy bueno el blog ya que me informe de cosas que en los trabajos no explican... Mi nombre es Patricia.
ResponderEliminarMi consulta es, ya tengo 29 semanas de embarazo en un mes mas salgo de pre natal mi duda es si antes de salir tengo que hacer algun tramite por el tema de mi pre natal o solo tengo que ir a dejar mi licencia a las 32 semanas a mi empleador...???
Espero su respuesta, saludos
Hola Patricia! Sí tenés que hacer un trámite ante BPS. Tu médico te debería haber indicado cuándo.
EliminarInformate en esta página
http://www.bps.gub.uy/3535/subsidio_por_maternidad.html
Según BPS deberías haber iniciado el trámite a la semana 28.
Pero de todas formas, llamá al BPS TEL 1997 y te informan cómo realizar el trámite. Por tel. ya te dan día y hora sólo con tu cédula.
cariños y mucha suerte!! Estoy a las órdenes!
Hola!!! Buenas tardes!!! A las 28 semanas hice el tramite de licencia maternal, y me tengo que reintegrar a trabajar 11/07/14, Por la fecha de parto mi bebé va a estar casi de 2 meses, cuanto meses hago medio horario? hasta que la bebé cumpla los 6 meses???? Gracias
ResponderEliminarHola!! gracias por estar
EliminarTu licencia por cuidados del recién nacido de acuerdo a BPS es hasta que cumpla los 4 meses
saludos!
Buenas tardes. muy buena la pàgina! te consultoe stoy de 25 semanas casi 26. trabajo en el sector privado. Por lo que leì debo a la semana 28 ingresar mis datos en el Bps. Mi idea si todo sigue bien como ahora es salir de licencia,una o dos semanas antes de la fecha de parto. luego de las 14 semanas de licencia, mi retorno al trabajo serìa de un medio horario hasta cuàndo? Mi esposo tambièn puede solicitarlo? otro tema de ahora, En mi trabajo no estoy haciendo esfuerzo, pero estoy 8 horas 45minutos sentada al telèfono, estoy teniendo dolores de espalda y me oprime mucho el estòmago, si me dan licencia por eso, ahora, deberìa salir de licencia 1mes y medio antes de la fecha de parto no? y serìa descontada de las 14 semanas verdad?
ResponderEliminarBueno aguardo respuesta. Gracias!! Saludos, Nadia.
Hola Nadia, y gracias por contactarte.
EliminarUna vez que corren la totalidad de las semanas de licencia por maternidad, comienza la licencia por cuidados del recién nacido.
Es hasta los 4 meses cumplidos del bebé y apunta a que trabajes medio horario.
Tu pareja puede compartirlo contigo, no juntos, sino arreglar ante BPS para que tú te tomes tantos días de cuidados y él tantos otros.
Esta es una recomendación personal, pero creo que viene bien: siempre que la mamá pueda estar con el bebé el mayor tiempo posible los primeros meses, es lo que el bebé necesita. Porque es importante mantener la lactancia exclusiva el mayor tiempo posible.
Te comento que si tu pareja trabaja y aporta a BPS, también le corresponde la licencia por paternidad, que a partir de la nueva ley, actualmente se puede tomar los primeros 3 días de licencia que se los debe dar y pagar la empresa, y 3 días más que se los paga BPS. También debe tramitarlo llamando al 1997
Con respecto a salir de licencia por dolores generados por el embarazo, es así como lo planteás: te comienza antes la licencia por maternidad.
Podés llevarte una pelota de pilates a tu trabajo, aunque parezca loco, porque te permite tener una postura mejor de la espalda. Lo otro es pedir 5 minutos cada hora por dolores generados por la silla: y allí caminás y te movés un poco. Entiendo perfecto tu malestar físico. Y te falta bastante para la licencia, así que iría viendo cómo solucionar o mejorar al menos tu situación.
Cariños y mucha suerte con ese bebé!!
Hola, cómo estás? muy completo el blog la verdad. Soy madre primerisa y la verdad que no entiendo nada de lo que tengo que cobrar o los trámites que debo hacer.
ResponderEliminarQuería hacerte una consulta, cómo se calcula el subsidio por maternidad? y es lo mismo que el Prenatal? porque varias personas me han dicho que pregunte por el Pre natal, pero no se si es lo mismo que lo que te dan por estar de licencia maternal...la verdad no entiendo mucho.
Mi nombre es Carolina, te agradecería si puedes sacarme esa duda porque mi jefe no me tiene con el sueldo real en caja...y quiero saber que cuentas tengo que hacer para pedirle que me de la diferencia. trabajo hace casi 2 año en la empresa y estoy en caja como si trabajara 12 jornales, 5947 pesos, pero en realidad gano en mano 13 mil pesos. No se que me tienen que pagar, porque lei que tambien te dan licencia, salario vacacional y aguinaldo...
Mi jefe me dijo que el me pagaba la diferencia pero...preferiria saber con certeza cuanto tengo que cobrar para que me pague exactamente lo que deberia cobrar.
Luego de la licencia maternal no voy a volver a trabajar, por lo que me gustaria poder juntar todo el dinero posible porque no tengo mucha ayuda de otros lugares.
Mil gracias y por favor disculpa las molestias.
Un abrazo enorme.
Hola Carolina! Muchas gracias por tu mensaje y felicidades por tu pancita preciosa!
EliminarPor un lado, quisiera decirte que lamentablemente no tengo la información que me pedís de cuánto es que se cobra en porcentajes. Me encantaría saberlo, pero es un cálculo que se realiza de acuerdo al sueldo, salario vacacional, aguinaldo, etc. y es un cálculo que no manejo. Pero te animo a que consultes con algún/a contador/a amigo/a que te de una mano. Tal vez alguno que trabaje para algún familiar tuyo, que tenga una empresa, o que sea amigo de amigos...
Yo te paso la ley nueva si me mandás un correo a info@naciendopadres.com así se la presentás al contador para que te calcule exactamente lo que te debería pagar de diferencia la empresa para la que trabajás.
De todas maneras, en la empresa donde estás tengan un contador que va a calcular bien este importe.
El subsidio de Prenatal es un beneficio que se paga cada 2 meses a las embarazadas y se tramita en BPS. Lo pueden usar mamás que entran en el plan de equidad o por otra vía que se llama algo así como plan del trabajador (no tengo claro el nombre). No todas las mujeres pueden hacer uso y depende de muchas variables como el sueldo, que no tengas un empleo público, etc. Llamás al 1997 y te asesoran muy bien.
Eso, en caso de corresponderte, a lo podrías estar cobrando.
Espero haberte ayudado.
besos!! y mucha luz con tu bebé!
Hola buenas noches, muy buena la pagina. Yo tengo una consulta, el mes pasado ya empecé con la licencia maternal. Hoy cobre lo que me correspondia. Lo que yo quiero saber es si me pagan x unica vez la licencia maternal o el mes q viene vuelvo a cobrar algo. Yo para no quedar desamparada de efectivo hasta q vuelva a trabajar. No se si exprese bien mi pregunta, espero q si. Desde ya muchas gracias
ResponderEliminarHola Estefanía y gracias por estar por acá.
EliminarEl subsidio se paga una única vez.
Si ya lo cobraste, ahora ya tenés la totalidad del subsidio por maternidad en mano.
Cuando te acerques al final, recordá que te corresponde reintegrarte a tu trabajo por MEDIO HORARIO hasta los 4 MESES del bebé, y allí BPS te cubre el medio horario que no trabajes. Eso tenés que ir con tiempo al BPS (llamás para pedir hora: 1997) para iniciar ese trámite.
Besos y suerte!!
Hola soy docente efectiva en primaria (maestra) por ley ahora tenemos licencia hasta los 6 meses de nuestro bebe por lactancia, el problema que mi escuela queda en el medio rural y no puedo llevar mi bebe ni tampoco ir y venir en el dia, mi pregunta es me certificaran hasta los 7 meses de mi bebe? así empiezo a darle los sólidos y empiezo con leche de fórmula. espero respuestas gracias
ResponderEliminarHola y gracias pro estar por aquí. Es probable que tengas que evacuar esa pregunta directamente en Primaria, ya que por lo general la distancia no es tomada en cuenta, pero puede ser que alguien entienda tu caso puntual. Cariños y te deseo lo mejor para vos y tu bebé!!
EliminarHola me llamo Cecilia y estoy de 30 sem de embarazo. a partir del primer trimestre estoy certificada por amenaza de parto prematuro. necesito saber si mi licencia x maternidad comienza 6 sem antes de la FPP. La verdad eso m preocupa mucho ya que si es asi tendría q dejar a mi bebe muy chiquito para empezar a trabajar. yo trabajo en asse y mutualista. desde ya muchas gracias espero respuesta
ResponderEliminarHola Cecilia! gracias por escribirnos! Estar cerca nos ayuda a contarnos lo que nos pasa. El hecho de tener licencia directamente vinculada al embarazo, hace que tu licencia maternal sea tomada como la ley lo plantea, 6 semanas antes de la FPP.
EliminarTla vez puedas resolverlo sacándote mucha leche, freezándola y consiguiendo a alguien amoroso (tu mamá, turno con tu pareja, uan vecina piola) para que lo sigan alimentando con tu leche. Se que es duro separarse. Pensá que igual hasta los 6 meses trabajás medio horario.
Besos y lo mejor para vos. Estoy a las órdenes. María José, Psicóloga
Hola mi nombre es lucia y tengo mellizas 1 mes, como me tengo que reintegrar a trabajar los primeros dias de setiembre la pediatra me planteo la certifiacion por lactancia exclusiva hasta que las bebes lleguen a los 6 meses ya que fueron prematuras y todavia su peso no es ideal Esto estaria bien? La certificacion puede superar este periodo?? Muchas gracias, buenisimo el blog
ResponderEliminarHay casos especiales que ameritan prolongar la licencia por lactancia exclusiva. Eso lo solicita un Dr. Pediatra, que por suerte la pediatra es consciente de la importancia de la lactancia materna exclusiva y prolongada. Sobre todo se tienen en cuenta situaciones como prematuridad, etc. Así que el BPS debería darte el Ok. Besos, te super felicito por lo que hacés, mimos a los bebés y felicitaciones a tu pediatra! FELIZ SEMANA MUNDIAL DE LA LACTANCIA MATERNA!!!
EliminarHola!
ResponderEliminarEstoy terminando mi licencia maternal. Tengo dos trabajos, uno público y uno privado. La pediatra de mi nena me planteó que por ley, tanto en el ámbito público como en el privado, me corresponden dos años de medio horario por lactancia materna. Desearía saber cuál es esta ley para poder plantearlo en mis trabajos.
Gracias!
El período de acuerdo a la nueva ley es de medio horario hasta los 6 meses cumplidos del bebé. Salvo que donde trabajes tengan normas especiales. Pero son 6 meses. Podés llamar al BPS para informarte mejor, pero la ley son 6 meses cumplidos del bebé.
EliminarFeliz semana mundial de la lactancia materna!
Hola mi consulta es la siguiente yo estoy en dise por una enfermedad renal y quede embarazada estoy de 7 semanas y voy a seguir certificada x el riñón . si continuo ceritificada pierdo el derecho a la licencia maternal y las demás cosas. Obviamente el problema renal me causa consecuencias en el embarazo
ResponderEliminarExcelente pagina... consulta. Mi nombre es Carolina y Mi bebe ya tiene 4 meses termine el.medio horario establecido.por el bps. Tengo 2 trabajos y aun estoy amamantando cimo puedo hacer para pedir por lo menos una hora para amamantar. Y otra consulta hay alguna ley que ampare a la madre cuando no le dan la posibilidad de poder elegir el horario para trabajar. (Soy enfemera y trabajo de 6 a 12 en un psiquiatrico) y no consigo a nadie q pueda cuidar a mi hijo de 6 a 8 para q pueda ir al jardin y la verdad no puedo mantenerme c un solo salario. Y en mi trabajo ya me negaron el cambio de horario. Muchas Gracias.
ResponderEliminarhola! yo les consultaba por lo siguiente: estoy de 6 meses de embarazo y estoy certificada hace un mes y medio y mi ginecologa me va a seguir certificando y hubo un aumento este mes y querai saber si a mi estando en disse me pertence o no el aumento!! Gracias!!
ResponderEliminarHola una pregunta q tengo muchas dudas, estoy embarazada de 17 semanas trabajo 8 horas diarias 2 horas descanso en el medio para almorzar y mas, aveces se me complica con los numeros del medico tal q pierdo algunos minutos de trabajo y estos siendo descontados del sueldo incluso perdiendo el presentismo. Esto esta bien? alguien me puede explicar gracias!
ResponderEliminarHola estoy trabajando tres horas por estar amamantando.
ResponderEliminarMe corresponde descanso dentro de ese horario?
Hola buenas tardes tengo una consulta que me tiene intrigada... Resulta que soy mamá de una beba y estoy con el tema de salir una hora antes del trabajo para amamantar a mi bebe, el tema es que yo soy empleada mensual, pero a un acuerdo no trabajo los sábados pero recupero las 4hs en la semana, o sea trabajo 7hs 45 min de lunes a viernes, mi consulta es... debo yo recuperar 4 hs de lun a vie o solo recupero 3 hs y media por la ley de lactancia?? Muchas gracias y muy bueno este Blog saludos
ResponderEliminarHola, buenas tardes. Quisiera saber cuánto es el mínimo de horas de clase que un docente de secundaria del ámbito privado debe tener para tener el derecho al medio horario por lactancia. He buscado esta info sin éxito. Gracias y Saludos!!
ResponderEliminarHola, que buena pagina! quisiera si pueden ayudarme a aclararme, tengo 3 tbjos intendencia montevideo,asse y privado,estoy emb de 20 semanas certificada desde hace casi 3 meses. Cual seria mi situación global en cuanto a la licencia maternal? podría en los trabajos públicos gozar de 12 semanas después del parto o no? gracias Me cuesta hacerme a la idea de volver a todo con bb de mes y medio.
ResponderEliminartengo una duda si estoy amamantando la licencia por maternidad se puede extender ahasta q el bebe tenga 1 año??
ResponderEliminarDespués de la licencia maternal, ¿la empresa me da la anual?, ¿Me descuenta días?
ResponderEliminarHola me gustaría saber quien determina los horarios de los intervalos de 30 min o la hora de juntar dichos intervalos para amamantar. La empreza o la madre? Gracias
ResponderEliminarHola quería saber si trabajando 4 horas en el ambito privado me corresponden igual los dos intervalos de 30 minutos para amamantar? Y de contar con ese derecho quien fija los horarios ?gracias
ResponderEliminarEstimados:
ResponderEliminarLamentablemente estaba gozando la licencia maternal en las 37 semanas y la beba nació sin vida.
Leyendo la ley y el decreto no surgen elementos que contemplen tal situación. Me queda la duda si tengo que continuar la licencia maternal hasta la fecha que me certificaron o si cambia a licencia por enfermedad. Yo ya cobre el subsidio por maternidad, pero ante esta situación tengo que devolverlo? Me pueden evacuar la consulta? Muchas gracias.
Lorena.
Hola estoy embarazada de 32 semanas quisiera saber estoy con licencia médica hasta el 8 de noviembre y tengo fecha de parto el 12 de diciembre quisiera saber si hasta el 8 sigo con licencia médica o me pasan a mi licencia maternal antes ?? Gracias
ResponderEliminarHoka quisiera consultarles pues en el momento me reintegre de mi licencia maternal y trabajo cuatro horas yo tengo un dia de descanso a mi por trabajar cuatro horas me pertenece un dia imedio de descanso o solo un dia? Espero entiendan mi pregunta muchas gracias
ResponderEliminarHoka quisiera consultarles pues en el momento me reintegre de mi licencia maternal y trabajo cuatro horas yo tengo un dia de descanso a mi por trabajar cuatro horas me pertenece un dia imedio de descanso o solo un dia? Espero entiendan mi pregunta muchas gracias
ResponderEliminarHola quisiera saber si al trabajar en privado te pagan las 12 semanas qué se tienen por embarazo? En caso de que pases 8 hrs fuera de tu casa luego de finalizada la licencia y tu bebe deba alimentarse qué se hace si no podes llevarlo? Hay alguna manera de extender esa licencia? De igual modo en ambos casos te corresponde salario y demás beneficios?
ResponderEliminarHola, yo tengo una duda, amo me frenaron de mi trabajo a las 8 semanas de embarazo ya que mi trabajo es con productos químicos fuertes, en el trabajo me pidieron presentar una médica cada mes... Para comprobar que aun seguía embarazada pero al darme la licencia maternal sólo me dieron 11 días para estar con mi bebé después del parto... Puedo hacer algo para que eso no Sea así ya que mis patrones me exigieron frenar explicando la situación porque no podía realizar el trabajo??
ResponderEliminarNo sólo eso, sino que al sólo estar 11 días con mi bebé después de nacer al iniciar mi trabajó es lejos del pueblo donde viajó y salgo 6y30 y regresó a mi casa 19y30 son muchas horas sin mi bebé sin poder mamantarla en todo el día que solución tengo?
ResponderEliminarLa empresa tendría que haberte cambiado de función, no haberte dado una licencia de por sí. Si te contactás conmigo en la página de Facebook de Naciendo Padres, yo te paso la ley.
EliminarEn los organismos públicos, por ejemplo, donde hay riesgo de pérdida de embarazo por el puesto laboral, o se les da licencia médica o se las cambia de puesto. Y su licencia maternal no se cambia en nada.
Además ahora tenés hasta los 6 meses del bebé de medio horario laboral por lactancia materna.
Deberías asesorarte en BPS, sin ánimo de generar problemas en tu trabajo.Simplemente para tener claro cómo es que ahora, con la nueva ley, podrías solicitar el cumplimiento de la misma
Cariños
María José
Naciendo Padres
estoy 7 semanas de embarazo, con vomitos que a no se que comer ni tomar, solo agua mineral con gas y manzanas puedo comer, o comida como para enfermo arroz con queso o polenta. Tengo puntadas abajo y malestar todo el tiempo, el medico me puede dar licencia medica y quedarme en mi casa? por la verdad para estar mal aca prefiero estar en mi casa, gracias
ResponderEliminarHola y disculpame la demora. Cómo te sentís ahora? supongo que te habrán certificado por cómo estabas pasando. Las puntadas pueden ser normales pero siempre son un motivo de consulta.
EliminarHola y disculpame la demora. Cómo te sentís ahora? supongo que te habrán certificado por cómo estabas pasando. Las puntadas pueden ser normales pero siempre son un motivo de consulta.
EliminarHola buenas.noches necesito si pueden contestarme una duda que tengo,estoy embarazada de 2 meses y tengo fecha para el 20 de marzo,soy maestra en un colegio privado y por ende mi contrato termina en diciembre, entonces mi pregunta radica en si me corresponde el subsidio por maternidad o enfermedad,ya que termina el contrato en diciembre y recién voy a parir mediados de marzo. Espero respuesta muchas gracias
ResponderEliminarComo siempre digo, es mejor ir al BPS e informarse. Cada caso es distinto. Si tu contrato vence antes, y no te retoman, entonces supongo que no te corresponde, pero tal vez exista alguna normativa que ante la baja del empleado por cese del contrato y frente a un embarazo, haya que abonar al empleado.
EliminarEste comentario ha sido eliminado por el autor.
ResponderEliminarHola se puede extender el medio horario para cuidados hasta el año del bebé?
ResponderEliminardepende la política de dónde trabajes. La ley marca medio año.
EliminarHola, mi consulta es la siguiente. Quede embarazada y en milugar quedo una suplente, pero cuando volvi de la licencia maternal, la persona que me suplano quedo en mi lugar y yo quede haciendo otras tareas diferentes, me cambiaron hasta el lugar fisico donde estaba antes de la licencia. A lo que pregunto ¿esto es normal? ¿esta bien hacer una cosa asi?
ResponderEliminardeberías presentarte en el BPS para informarte, hasta donde yo se la ley protege tu puesto laboral, pero deberías asesorarte correctamente en los organismos planteados para eso.
EliminarHola!! Solo paso para dejar un gracias muy grande y muchas felicitaciones por el blog. A veces las leyes son complicadas de interpretar o no sabemos donde consultar y aqui respondes todo de manera muy accesible. Nuevamente gracias!!!
ResponderEliminarGRacias por estar ustedes del otro lado!
EliminarHola!! Quería consultar quien es el que certifica para la lactancia del bebe después de la licencia maternal sí es el pediatra o el ginecólogo que me atiende el abrazo, y por supuesto si esto es posible! Ya que con un mes y medio no me gustaría dejarlo ya que tengo 2 horas de viaje y estaría 9 horas sin el bebé. Y otra consulta si estuve certificada casi todo el embarazo cobro menos verdad? Muchas gracias y espero si respuesta!
ResponderEliminarSaludos, Dayana.
Hola soy funcionaria pública de asse y estoy con certificada por riesgo parto prematuro.Se de los 13 dias me podré tomar sólo les y medio pero mi pregunta es si mis bebes nacen prematuros aunque estén en incubadora tengo que reintefrarme o como en los privados hay alguna exepcion. gracias
ResponderEliminarO sea 13 semanas nos cotrresponde a los públicos de Lic maternal. Al estar certificada ahora es un mes y medio. Si son prematuros y van por el día meses a incubadora aunque estén ahí me tengo que reintegrar. vi que para privasos hay algún otro arreglo
ResponderEliminarHola! tengo una consulta. Si estoy embarazada y la empresa cierra; me corresponderia el despido especial? o solo Común? Muchas gracias!
ResponderEliminarHola tengo una consulta. Si estando en la licencia postparto justo te tocaría en es fecha la licencia anual de tu trabajo que pasa??
ResponderEliminarQuiero compartir mi testimonio sobre cómo conseguí una tarjeta de cajero automático de BLANK que han cambiado mi vida hoy. Yo estaba viviendo en la calle donde las cosas eran tan difíciles para mí, incluso para pagar mis cuentas era muy difícil para mí tengo que aparcar fuera del apartamento que estaba viviendo y empezar a dormir en la calle de Las Vegas. Intenté todo lo que podía hacer para asegurar un trabajo, pero todo fue en vano. Así que decidí navegar a través de mi teléfono para los puestos de trabajo en línea donde me dieron un anuncio en Hackers publicidad una tarjeta de cajero automático en blanco que puede utilizarse para hackear cualquier cajero automático en todo el mundo, nunca pensé que esto podría ser real porque la mayoría de anuncios en el Internet se basan en el fraude, así que decidí darle una oportunidad y mirar donde me llevará a si puede cambiar mi vida para siempre. Me puse en contacto con estos hackers y me dijeron todo lo que era necesario para obtener la tarjeta. Y también tienen todo lo que se necesita para entregar la tarjeta en 48 horas para mí si estoy interesado en conseguir uno de allí tarjeta, acepté y decidí ir para uno. Esto es real y no es una estafa que me ayude. Para cortar la historia corto Solicité la tarjeta de cajero automático en blanco y se me entregó en 2 días y lo hice como me dijeron y hoy mi vida tiene cambiar de un caminante de la calle a vivir en una buena casa, no hay cajero automático MÁQUINAS este BLANK ATM CARD no puede penetrar, porque ha sido programado con varias herramientas y software antes de ser enviado a usted. Mi vida realmente ha cambiado y quiero compartir esto con el mundo, sé que esto es ilegal, pero también una manera inteligente de vivir Gran porque el gobierno no puede ayudarnos así que tenemos que ayudarnos a nosotros mismos. Si usted también desea esta TARJETA del COCHE EN BLANCO quiero que usted entre en contacto con Sr. Wandy vía su email wandyhackersworld88@gmail.com
ResponderEliminarTe escribe Carlos López, un placer saludarte.
ResponderEliminarQuería hacerte una propuesta de beneficio mutuo con el blog que manejas , si estas interesado y quieres te informe un poco más sobre dicha propuesta, esperamos una respuesta de tu parte confirmándonos para así poder enviarte toda la información necesaria con respecto a lo mencionado.
Quedo a tu disposición y a la espera.
Puedes contactarme a través de carlosl@iiemd.com o indicarme un email de contacto y con gusto te envío la información.
Saludos cordiales.
Hola yo estoy en juicio con mi empresa xk por diferencias me sacaron por mala conducta la cual todavía no an probado pero yo no e cobrado nada. Ni seguro ni lo q me corresponde por el tiempo trabajado no me liquidaron llevo ya más de 7 meses me sacaron estando embarazada . Mi pregunta es me pertenece la licencia por maternidad?
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